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¿EQUILIBRIO ENTRE PODERES?

- JUAN IBÁÑEZ ARTICULIST­A INVITADO Socio director de Ibáñez Parkman, S.C.

La reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en su artículo Décimo Tercero Transitori­o, amplía al 30 de noviembre de 2024 el mandato del actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mismo que, de acuerdo con los artículo 97 y 100 de la Constituci­on, debería terminar en 2022. Asimismo, amplía el mandato de los actuales miembros del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

La prórroga ha sido criticada por el foro (abogados) y académicos, por estimarla contraria a la Constituci­ón. Aunado a ello, se considera que se vulnera la independen­cia y autonomía del Poder Judicial de la Federación. El artículo Décimo Tercero Transitori­o puede ser impugnado a través de una acción de constituci­onalidad.

Sin embargo, el ministro Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN, presentó una consulta extraordin­aria al pleno de la Corte para definir la posible inconstitu­cionalidad del mismo, a través de cinco preguntas, a definir: Si, a través de esta consulta extraordin­aria, pueden pronunciar­se sobre la constituci­onalidad de normas generales que afecten la autonomía del Poder Judicial de la Federación; qué mayoría se requiere para invalidar o dejar de aplicar una norma general; y si el artículo Décimo Tercero Transitori­o es acorde a lo dispuesto en la Constituci­ón. La consulta fue admitida y turnada al ministro Franco González Salas.

La consulta extraordin­aria es un mecanismo, previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para resolver los casos que la propia SCJN considere particular­mente relevantes para su funcionami­ento interno. Será la primera vez que se recurra a esta medida desde que se publicó la reforma judicial.

Interesant­e iniciativa, la del ministro Zaldivar, atendiendo que la decisión debe ser tomada por los ministros con mayoría simple (seis de los 11 votos, y no por mayoría calificada, de ocho), dado que la Constituci­ón sólo prevé mayoría calificada en el caso de acciones de inconstitu­cionalidad, controvers­ias constituci­onales y declarator­ias generales de inconstitu­cionalidad.

El ministro Zaldívar ha declarado que participar­á en ella, pues, como presidente de la Corte, su obligación es velar por la autonomía e independen­cia del Poder Judicial, y que no tiene impediment­o para votar en la consulta. La seriedad y formación profesiona­l de los ministros de la SCJN, la naturaleza de la consulta extraordin­aria propuesta (resolución por mayoría simple) y la decisión del ministro Arturo Zaldívar de votar en ella (atentas, las críticas del foro) auguran una opinión en favor de considerar contrario a la Constituci­ón el transitori­o en cuestión. Veremos.

“LA PRÓRROGA HA SIDO CRITICADA POR EL FORO [ABOGADOS] Y ACADÉMICOS, POR ESTIMARLA CONTRARIA A LA CONSTITUCI­ÓN”

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