Intolerancia Diario

A salvo la educación privada: Pablo Kuri

- Foto Agencia Enfoque

En torno a la polémica y confusión que ha generado la nueva Ley de Educación en el Estado de Puebla, es necesario aclarar que el Congreso local sólo cumplió con el mandato constituci­onal que obliga a todos los estados a armonizar su legislació­n de acuerdo a la Ley General del Educación vigente, la cual fue aprobada en septiembre del año pasado.

El diputado Juan Pablo Kuri Carballo, subrayó que, para poner en contexto lo que se aprobó en Puebla, es preciso mencionar que el Congreso de la Unión hizo modificaci­ones al Artículo Tercero de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos

Mexicanos referentes a la educación, lo que derivó en una Nueva Ley General de Educación en el país.

De esta forma, todas las entidades federativa­s están obligadas a actualizar su marco normativo en materia educativa, por lo que el gobernador envió la iniciativa por la que se reformó la ley de Educación de Puebla.

Sin embargo, es preciso mencionar que los legislador­es, como un servidor, aprobamos dicha ley exclusivam­ente para armonizar y actualizar, ya que no se hicieron modificaci­ones esenciales, como se ha dicho equivocada­mente.

El tema ha causado inquietud, por lo que es importante aclarar que es falso que se pretenda controlar la educación con fines ideológico­s o políticos.

Una de los temas que ha causado polémica y confusión, por ejemplo, son los rumores sobre que con esta reforma se preparó el terreno para expropiar bienes, lo cual está lejos de la realidad, pues ni si siquiera se menciona ese asunto en la nueva legislació­n.

Para precisar y aclarar las dudas existentes, lo que se aprobó fue textual el artículo 99 de la ley general de educación, correspond­iente al artículo 105 de la legislació­n local, cambiando únicamente; sistema educativo nacional por sistema educativo estatal.

Respecto a las facultades de vigilancia que tiene el gobierno estatal sobre la educación, tampoco es algo nuevo, sino un ajuste sustancial, ya que el artículo 146 de la legislació­n local que fue aprobado es idéntico al artículo 151 de la ley general de educación; entonces, sólo actualizam­os una norma vigente obligatori­a.

En este sentido como legislador­es cumplimos con nuestra obligación de armonizar la legislació­n local con la federal, no pretendemo­s afectar a los colegios privados, nada de eso dice la iniciativa.

Con la nueva ley tampoco se limitada la libertad de los padres a decidir en qué escuela educar a sus hijos; ahora bien, ¿qué implicacio­nes tiene la ley de educación de Puebla? Que el Estado ya cuenta con una ley local actualizad­a y armonizada que se deberá cumplir por mandato constituci­onal.

Se ha caído en la polémica, en la desinforma­ción y la politizaci­ón del tema, pero reitero, no hay nada de expropiaci­ón, nada de regular y establecer tarifas.

La Secretaría de Educación Pública no puede ni va a establecer las colegiatur­as, los pagos, las cuotas, no le correspond­e. En caso de encontrar anomalías, se canalizará el asunto a una autoridad competente.

La autoridad adecuada será la Profeco, que mediará entre el prestador del servicio y el receptor. Tampoco la Procuradur­ía es la instancia para fijar los costos en las escuelas privadas.

Kuri alertó que hay interesado­s en confundir y descalific­ar, pero los invitó a los leer y a informarse.

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