Perdonarán pago de tarjeta de circulación con el reemplacamiento
La vigencia del beneficio terminará el 20 de diciembre, aunque no aplicará para quienes realicen la inscripción de unidades o tengan infracciones sin pagar, informó la Secretaría de Planeación y Finanzas.
La Secretaría Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado informó que condonará los pagos a los trámites de baja de placas de circulación del Registro Estatal Vehicular y de expedición de la tarjeta de circulación.
Para realizar los trámites, el plazo es el 20 de diciembre de 2021, dieron a conocer las autoridades.
El acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado señala: “conceder beneficios de carácter fiscal consistentes en la reducción del 100 por ciento del pago de los derechos por los servicios de trámite de baja de placas de circulación del Registro Estatal Vehicular y de la expedición de la tarjeta de circulación, a favor de los propietarios, tenedores o usuarios de vehículos que realicen el canje voluntario de placas”.
La dependencia estatal informó que el cambio voluntario de placas será realizado en las Oficinas Recaudadoras adscritas a la Secretaría de Planeación y Finanzas, previa cita, la cual podrá realizarse en el sitio electrónico https://citasenlinea.puebla. gob.mx.
No tendrán los beneficios fiscales quienes “realicen la inscripción o alta en el Registro Estatal Vehicular, ya sea de unidades nuevas o usadas; quien solicite reposición o canje de placas de circulación de unidades que porten placas oficiales con el último diseño autorizado por deterioro, robo o extravío; cambio en la modalidad de vehículo o de dígito, y quien no realice los pagos de las infracciones cometidas”.
Los requisitos
Los propietarios de los vehículos deberán acudir a su cita y estar al corriente en el pago de las contribuciones vehiculares de 2021; no contar con créditos fiscales provenientes de sanciones por no respetar los límites de velocidad; presentar el documento que acredite la propiedad del vehículo; identificación oficial con fotografía y comprobante de domicilio.
Aquellos que tengan un vehículo de procedencia extranjera deberán de acreditar la documentación legal correspondiente, mientras que las personas morales y físicas con actividad empresarial tendrán que proporcionar la clave del Registro Federal de Contribuyentes.
Al momento de concretar el trámite, los propietarios están obligados a devolver el juego de placas de circulación que actualmente porte el vehículo, con excepción de remolques y motocicletas, casos en los que se entregará un plástico.
En el supuesto de robo o extravío de una o ambas placas de circulación, el contribuyente o su representante legal deberán exhibir en original y copia la constancia expedida por el Ministerio Público ante el que fue presentada la denuncia, y en su caso la placa de circulación restante.