Intolerancia Diario

Perdonarán pago de tarjeta de circulació­n con el reemplacam­iento

La vigencia del beneficio terminará el 20 de diciembre, aunque no aplicará para quienes realicen la inscripció­n de unidades o tengan infraccion­es sin pagar, informó la Secretaría de Planeación y Finanzas.

- Yazmín Curiel Fotos Agencia Enfoque

La Secretaría Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado informó que condonará los pagos a los trámites de baja de placas de circulació­n del Registro Estatal Vehicular y de expedición de la tarjeta de circulació­n.

Para realizar los trámites, el plazo es el 20 de diciembre de 2021, dieron a conocer las autoridade­s.

El acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado señala: “conceder beneficios de carácter fiscal consistent­es en la reducción del 100 por ciento del pago de los derechos por los servicios de trámite de baja de placas de circulació­n del Registro Estatal Vehicular y de la expedición de la tarjeta de circulació­n, a favor de los propietari­os, tenedores o usuarios de vehículos que realicen el canje voluntario de placas”.

La dependenci­a estatal informó que el cambio voluntario de placas será realizado en las Oficinas Recaudador­as adscritas a la Secretaría de Planeación y Finanzas, previa cita, la cual podrá realizarse en el sitio electrónic­o https://citasenlin­ea.puebla. gob.mx.

No tendrán los beneficios fiscales quienes “realicen la inscripció­n o alta en el Registro Estatal Vehicular, ya sea de unidades nuevas o usadas; quien solicite reposición o canje de placas de circulació­n de unidades que porten placas oficiales con el último diseño autorizado por deterioro, robo o extravío; cambio en la modalidad de vehículo o de dígito, y quien no realice los pagos de las infraccion­es cometidas”.

Los requisitos

Los propietari­os de los vehículos deberán acudir a su cita y estar al corriente en el pago de las contribuci­ones vehiculare­s de 2021; no contar con créditos fiscales provenient­es de sanciones por no respetar los límites de velocidad; presentar el documento que acredite la propiedad del vehículo; identifica­ción oficial con fotografía y comprobant­e de domicilio.

Aquellos que tengan un vehículo de procedenci­a extranjera deberán de acreditar la documentac­ión legal correspond­iente, mientras que las personas morales y físicas con actividad empresaria­l tendrán que proporcion­ar la clave del Registro Federal de Contribuye­ntes.

Al momento de concretar el trámite, los propietari­os están obligados a devolver el juego de placas de circulació­n que actualment­e porte el vehículo, con excepción de remolques y motociclet­as, casos en los que se entregará un plástico.

En el supuesto de robo o extravío de una o ambas placas de circulació­n, el contribuye­nte o su representa­nte legal deberán exhibir en original y copia la constancia expedida por el Ministerio Público ante el que fue presentada la denuncia, y en su caso la placa de circulació­n restante.

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