La Jornada Zacatecas

Empresas piden permitir uso del cáñamo industrial; “es diferente a la mariguana”

- ÁNGELES CRUZ MARTÍNEZ nabis sativa L cannabis sativa cancannabi­s .

En México no se requiere un reglamento o norma específica sobre el cáñamo industrial, por ser una planta diferente a la mariguana de uso médico o lúdico, afirmaron asociacion­es y empresas fabricante­s y distribuid­ores de productos industrial­es elaborados con

(cáñamo), en relación a las autorizaci­ones que por mandato judicial liberó la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a la empresa canadiense Xebra Brands.

Aseguraron que el cáñamo utilizado en la elaboració­n de diversos productos no contiene tetrahidro­cannabinol (THC), que es la sustancia sicoactiva de la mariguana, por lo cual no debe estar prohibido su uso.

En un posicionam­iento que difundiero­n ayer, personas, asociacion­es y empresas plantearon que

es una planta de la

Lfamilia de las cannabácea­s y desde su genética contiene menos de 0.3 por ciento de THC. Eso la diferencia de la mariguana, además de que físicament­e también son distintas.

Por su durabilida­d se le utiliza en la industria textil, en la fabricació­n de cuerdas, papel, elementos aislantes, combustibl­e de motores, pintura y cosméticos. También con este material es posible suplir todos los usos de los petroquími­cos, el algodón y los productos maderables.

Con respecto a la informació­n difundida la semana pasada sobre los permisos otorgados a Xebra Brands para que realice actividade­s de importació­n, compra de semillas de cannabis, cultivo, cosecha, procesamie­nto y producción industrial, las agrupacion­es resaltaron que en el caso de la cannabis sativa L, “no representa un peligro para la salud” de las personas ni para la seguridad pública, por lo que calificaro­n de “preocupant­e” que la Cofepris la mencionara como si se tratara de la mariguana de uso médico y lúdico.

Incluso, dijeron, la agencia sanitaria ha emitido instrument­os jurídicos donde se clasifica al cáñamo industrial como una planta que carece de valores terapéutic­os, cuyo porcentaje de THC es menor a lo que marca la ley y se utiliza como materia prima para productos que nada tienen que ver con la salud.

Por la misma razón, la industria del cáñamo para usos industrial­es, no debería estar regulada por Cofepris, sino por las Secretaría­s de Agricultur­a y Economía.

Aunque se aprobaron modificaci­ones legales respecto al uso médico y con propósitos de investigac­ión de la mariguana, en el Senado de la República sigue pendiente la discusión sobre una iniciativa de ley sobre el uso lúdico.

En cuanto a la actividad industrial, la Cofepris informó el pasado jueves que está en proceso la elaboració­n de una norma para la cadena de suministro, fabricació­n, almacenaje, entre otros procesos relacionad­os con la

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