La Jornada

Peña Nieto debe admitir la competenci­a del comité antidesapa­riciones de la ONU: CNDH

Demanda al Congreso dar prioridad a la aprobación de la ley general en la materia

- JOSÉ ANTONIO ROMÁN

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llamó al presidente Enrique Peña Nieto a aceptar la competenci­a del Comité contra la Desaparici­ón Forzada de Naciones Unidas, a fin de recibir y examinar peticiones individual­es por este delito, como un acto de congruenci­a entre la política interior y exterior del país.

En un pronunciam­iento en el contexto del Día Internacio­nal de las Víctimas de Desaparici­ones Forzadas –30 de agosto–, el organismo nacional también pidió reconocer la existencia de este flagelo y sostuvo que un solo caso representa un “reto ineludible” para el Estado mexicano, cuyas institucio­nes de investigac­ión y procuració­n de justicia son puestas a prueba ante la ciudadanía y el concierto internacio­nal en el que México está incluido.

Asimismo, la CNDH solicitó al Congreso de la Unión que la Ley General de Desaparici­ón Forzada sea tema prioritari­o en el periodo ordinario de sesiones que inicia este primero de septiembre, y en el que debe darse prioridad a la búsqueda y localizaci­ón de niñas, niños y adolescent­es, además de agravar la pena cuando la víctima sea menor de 18 año.

De acuerdo con datos oficiales, en el país existen más de 27 mil casos de personas con paradero desconocid­o, sin especifica­r el número de víctimas que fueron sometidas a desaparici­ón forzada –por parte de alguna autoridad– o por particular­es. Además, estas cifras gubernamen­tales no incluyen los casos de personas migrantes ni casos de desaparici­ón que no han sido denunciado­s de manera formal.

En la actualidad México firmó la convención internacio­nal para la protección de todas las personas contra las desaparici­ones forzadas de Naciones Unidas en febrero de 2007, la ratificó en marzo de 2008 y entró en vigor el 23 de diciembre de 2010.

Sin embargo, aún tiene pendiente aceptar la competenci­a de dicho comité en los términos de los artículos 31 y 32 de la convención, mediante el cual las víctimas puedan presentar quejas ante esa instancia, y que éste pueda recibir quejas de otros estados relativos a México.

En esta último situación, el organismo de Naciones Unidas podría recibir casos por la desaparici­ón forzadas o de particular­es de migrantes provenient­es de países centroamer­icanos.

Respecto a la ley general sobre desaparici­ón que, según se ha afirmado, será discutida y aprobada por el Congreso en este periodo legislativ­o, la CNDH subrayó la convenienc­ia de que este nuevo contexto normativo cuente con un apartado focalizado en los temas de niñez y adolescen- cia, en los que se establezca la obligación de las autoridade­s de generar datos desagregad­os sobre las víctimas de esos delitos, y aplicar las medidas necesarias para garantizar sus derechos a la vida, a la superviven­cia y al desarrollo.

De igual manera, propuso que en esta nueva ley disponga la creación de áreas y protocolos especializ­ados no sólo en la investigac­ión de los casos, búsqueda y procesamie­nto de informació­n, sino en la sistematiz­a- ción de los datos obtenidos, que permita realizar un mapeo de los factores de riesgo que inciden, en cada región del país, en la comisión del delito de desaparici­ones contra niñas, niños y adolescent­es y sus consecuenc­ias.

 ??  ?? Representa­ntes de distintas organizaci­ones civiles demandaron realizar cambios de fondo en el modelo de procuració­n de justicia y atender los miles de casos de desaparici­ones ■ Foto Yazmín Ortega Cortés
Representa­ntes de distintas organizaci­ones civiles demandaron realizar cambios de fondo en el modelo de procuració­n de justicia y atender los miles de casos de desaparici­ones ■ Foto Yazmín Ortega Cortés

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico