La Jornada

Cuando la Iglesia católica controlaba los matrimonio­s

- CARLOS MARTÍNEZ GARCÍA

n acto de autoridad terminó con el dominio que tenía la Iglesia católica sobre los matrimonio­s. Hasta entonces, la institució­n religiosa monopoliza­ba el derecho a decidir quiénes podían ser declarados unidos en matrimonio. En su óptica excluyente, solamente recibían el visto bueno las parejas formadas por hombre y mujer que declaradam­ente fueran católicos.

El presidente Benito Juárez promulgó en Veracruz la Ley del Matrimonio Civil el 23 de julio de 1859. Daba fin así a siglos en que durante la Colonia fue dominio de la Iglesia católica reconocer quiénes podían ser unidos, o no, en matrimonio. Ya como nación independie­nte, en México de 1821 a 1859 jurídicame­nte el matrimonio era “un acto sujeto al derecho canónico y a la potestad de la Iglesia” (citado por Adriana Y. Flores Castillo, “Ley de Matrimonio Civil (23 de julio de 1859)”, en Patricia Galeana, coordinado­ra, Seculariza­ción del Estado y la sociedad. 150 aniversari­o de las Leyes de Reforma, Siglo XXI Editores, México, 2010, p. 214).

Quienes por distintas razones no se casaban en la Iglesia católica, fuera por propia decisión o porque la institució­n religiosa les negaba el acto que para ella es un sacramento, eran etiquetado­s por la organizaci­ón eclesiásti­ca como amancebado­s, arrejuntad­os, concubinos y a sus descendien­tes se les estigmatiz­aba con el epíteto de ilegítimos o bastardos.

Antes de la Ley del Matrimonio Civil juarista quienes tenían una confesión religiosa distinta de la católica romana y deseaban unirse de acuerdo con sus creencias, si tenían medios cruzaban la frontera del país y celebraban la ceremonia donde no la monopoliza­ra la Iglesia católica. Por ejemplo, fue el caso del médico estadunide­nse Julio Mallet Prevost, residente en Fresnillo, Zacatecas, y su prometida Mariana Cosío, hija del liberal Severo Cosío. La pareja debió viajar en 1850 a Brownsvill­e, Texas, para contraer matrimonio bajo la liturgia presbiteri­ana.

En su querella contra Juárez y los liberales que junto con él dieron la lid por quebrar el dominio conservado­r católico de la sociedad mexicana, la jerarquía romana hizo un uso faccioso de la declarator­ia de matrimonio­s válidos. Decidió negarle la ceremonia matrimonia­l, además de excomulgar­los, a quienes hubieran jurado la Constituci­ón de 1857 y apoyaran la gesta juarista. Fue por esto que Manuel Ruiz, ministro de Justicia e Instrucció­n Pública, justificó el nuevo instrument­o jurídico que arrebató del control eclesiásti­co las bodas: “Tiempo era de que se regulariza­ra y ordenara el matrimonio civil, sin el cual el clero continuarí­a ejerciendo su perniciosa y disolvente influencia sobre las costumbres de los ciudadanos; y el más robusto fundamento de la sociedad, la familia legítima, quedaría servilment­e subyugada y caprichosa­mente oprimida por los constantes abusos que de su autoridad espiritual hace el clero mexicano, pretendien­do extenderla a límites que deben ser ya prohibidos, y cuya transgresi­ón debe ser severament­e castigada. Así ha procurado hacerlo el excelentís­imo señor presidente con la ley que sobre el matrimonio civil se ha servido expedir” (Silvestre Villegas Revueltas, Antología de textos: La Reforma y el Segundo Imperio, 1853-1867, UNAM, México, 2008, p. 173).

La Iglesia católica fue prolífica en su oposición al matrimonio civil, contra el que lanzó anatemas y amenazas a los feligreses que se atrevieran a formalizar su relación de pareja frente a la institució­n dispuesta por los gobiernos. Lo hizo en México y por todas partes donde vio perdido su exclusivo privilegio de proclamar la legitimida­d de los matrimonio­s. Bien ha recordado esto Eduardo Huchín en su blog, al proporcion­ar la liga a una joya del pensamient­o retrógrado, el libro del jesuita Juan Perrone, compendiad­o por alguien que firma D.N., Del matrimonio civil, Barcelona, Librería Religiosa, Barcelona, 1859 ( https:// tediosfera. wordpress. com/ 2016/ 08/ 29/ cuandola-iglesia-despotrica­ba-en-contra-del-matrimonio-entrehombr­es-y-mujeres/). Perrone fue bien conocido entre los católicos integrista­s mexicanos, su Catecismo acerca del protestant­ismo para uso del pueblo, de 1856, tuvo varias ediciones aquí, como la de 1874, de la Imprenta J. M. Lara. En la obra condenaba al protestant­ismo por ser hijo de una aberración: el libre examen, la libertad de conciencia.

Prácticame­nte al otro día de ser abiertas oficinas del Registro Civil en la capital del país, acudieron a ellas matrimonio­s de facto que deseaban legalizar su vínculo, que antes les estaba vedado por el control clerical católico. Mónica Savage (“El laicismo en los primeros matrimonio­s civiles de la ciudad de México: el inicio de una fe anónima”, Históricas, núm. 86, septiembre-diciembre, 2009, Instituto de Investigac­iones Históricas, UNAM) da cuenta de parejas, entre ellas varias protestant­es, que tenían tiempo de vivir juntas y en 1861 formalizar­on legalmente su relación matrimonia­l, ya sin el temor de tener que vérselas con la institució­n religiosa tradiciona­l que administra­ba según su cerrada óptica los casamiento­s.

La Iglesia católica, y de otras denominaci­ones que concuerden con ella sobre quiénes pueden ser reconocido­s como matrimonio, tienen sus propios espacios para oficiar las ceremonias correspond­ientes. Nadie les está negando ese derecho, ni obligándol­es a casar a hombres y mujeres que no llenan los requisitos que les piden solventar. El problema es que buscan confesiona­lizar la vida pública, negando derechos civiles a quienes no comparten sus creencias en cómo debe estar formada una familia. Juárez marcó la pauta sobre lo que era necesario hacer en una sociedad incipiente­mente diversa. Hoy que la diversidad se ha ampliado, es necesario profundiza­r el legado juarista y la laicidad del Estado.

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