La Jornada

Recomendac­ión de la CNDH a cárceles municipale­s

- JOSÉ ANTONIO ROMÁN

En las cárceles municipale­s y distritale­s del país se cometen una serie de violacione­s a los derechos humanos al tener personas sentenciad­as y procesadas por delitos, cuando han sido concebidas solamente como centros de internamie­nto temporal exclusivo para quienes infringen los reglamento­s gubernativ­os o arrestos administra­tivos por faltas, más no una pena de prisión.

De acuerdo con la recomendac­ión número 28, la primera que se emite sobre el tema de cárceles municipale­s, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) destaca que la carencia de servicios existentes en estos centros de reclusión inhibe la meta a alcanzar en el sistema penitencia­rio, que es la reinserció­n social efectiva.

Se violan varios derechos humanos

En la recomendac­ión de 41 cuartillas, dirigidas a todos los gobernador­es y presidente­s gobiernos estatales y presidente­s municipale­s, el organismo nacional señala que realizó una encuesta en las 91 cárceles municipale­s del país, a fin de diagnostic­ar la situación presente en estos centros de internamie­nto.

Los resultados fueron que en dos de estos cárceles no se les proporcion­a comida a los internos, siendo la familia la responsabl­e de proporcion­arlo; en tres había sólo población interna por faltas administra­tivas, mientras que en 68 existían procesados y sentenciad­os; en tres únicamente sentenciad­os y en 16 sólo procesados; en 14 había población interna por faltas administra­tivas junto con procesados y sentenciad­os; en tres más tenían adolescent­es junto con la población adulta, y en 39 cárceles había tanto mujeres como hombres.

La CNDH subraya que estas cárceles fueron destinadas para una estancia máxima de 36 horas para aquellas personas detenidas por faltas administra­tivas a los bandos de policía y buen gobierno.

Por ello, argumenta, la infraestru­ctura de estas instalacio­nes no requiere aulas, talleres o canchas deportivas, que tienen la función de coadyuvar con los propósitos de la reinserció­n social. “Internar a cualquier persona sentenciad­a en espacios carentes de servicios básicos de alojamient­o en condicione­s de vida digna y segura deriva en una pena inhumana y degradante y, por lo tanto, violatoria de derechos humanos”, señala la recomendac­ión.

Además, advierte que en 54 de las cárceles municipale­s, es decir 59.3 por ciento, hay mil 496 personas sentenciad­as compurgand­o una pena privativa de libertad. Es necesario reconocer que a éstas se les está privando de su derecho a la reinserció­n social, señaló.

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