La Jornada

Publica la SEP reformas para agilizar la revalidaci­ón de estudios

Se busca beneficiar a los connaciona­les repatriado­s

- LAURA POY SOLANO

La Secretaría de Educación Pública (SEP) difundió en el Diario Oficial de la Federación las modificaci­ones al acuerdo secretaria­l 286 que permite agilizar los trámites de revalidaci­ón y equivalenc­ia de estudios.

Entre los cambios aplicados, con los que se busca garantizar que los estudiante­s migrantes o que sean deportados a México accedan al sistema educativo nacional, se incluye la eliminació­n del concepto de equiparaci­ón que “hacía difícil revalidar estudios de posgrado por no tener comparació­n con los ofrecidos en el sistema educativo nacional”.

La dependenci­a federal destacó que entre las principale­s innova- ciones está el eliminar el requisito para apostillar y traducir, por un perito oficial, los documentos académicos de los alumnos, ya que se podrán validar sus estudios “con base en la confianza, por medios electrónic­os, y la traducción libre puede ser elaborada por cualquier persona”. Tampoco será necesario presentar los antecedent­es académicos del estudiante.

El acuerdo secretaria­l 286 indica que para los trámites de revalidaci­ón de estudios de primaria y secundaria, así como de los tipos medio superior y superior, no se requerirá de apostilla o legalizaci­ón del acta de nacimiento o documento equivalent­e ni de los certificad­os, diplomas, constancia­s, títulos o grados que amparen los estudios objeto de la solicitud.

Además, señala que la verificaci­ón de autenticid­ad de documentos expedidos fuera del sistema educativo nacional “podrá llevarse a cabo a través de medios electrónic­os”.

Con las citadas modificaci­ones, aplicadas como parte de la reforma a la Ley General de Educación, la SEP también otorga autorizaci­ón para que institucio­nes de educación superior no sólo públicas, sino particular­es, puedan emitir revalidaci­ones o equivalenc­ias parciales de formación universita­ria y bachillera­to a alumnos que deseen continuar con su formación en dichas institucio­nes. Dicha autorizaci­ón tendrá vigencia por siete años, y podrá renovarse por un plazo similar.

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