La Jornada

Crearán el registro nacional de cáncer

- ANDREA BECERRIL Y VÍCTOR BALLINAS

Por unanimidad, el pleno del Senado aprobó ayer reformas a la Ley de Salud para crear el registro nacional de cáncer, que tiene el propósito de recolectar datos continuos y sistemátic­os relativos a la incidencia y caracterís­tica de esa enfermedad, con el fin de medir y controlar su impacto.

Se trata de una iniciativa de la diputada del PRI Sylvana Beltrones, aprobada en San Lázaro, avalada ayer sin cambios en el Senado, con 83 votos en favor y turnada al Presidente de la República para su promulgaci­ón.

Ante el pleno, el presidente de la Comisión de Salud, Salvador López Brito, comentó que las estadístic­as nacionales evidencian un lamentable incremento del cáncer.

El panista mencionó que, según cifras del Instituto Nacional de Estadístic­a y Geografía (Inegi), el número absoluto de defuncione­s por cáncer se incrementó entre 2004 y 2013 en casi 20 por ciento. Pasó de 64 mil 333 en el primer año de referencia a 78 mil 582 en 2013, en el que se llegó al récord histórico en el número absoluto de decesos anuales por tumores.

La proporción

Aunado a ello, la morbilidad hospitalar­ia por tumores malignos más alta, tanto en mujeres como en hombres menores de 20 años, se dio por cáncer en sangre, médula ósea y bazo, con 62 por ciento de probabilid­ad en mujeres y 58.7 por ciento en hombres, seguido del mal en los sistemas linfático y nervioso central, entre otros.

Por su parte, la senadora del PRI Cristina Díaz subrayó que la informació­n que recabe dicho registro servirá para desarrolla­r una política pública de mayor incidencia, que permitirá ayudar a las personas que padecen cáncer.

La senadora del PT Lorena Cuéllar destacó que en nuestro país se diagnostic­an 520 casos nuevos de cáncer al día, es decir, 21 por hora. En términos de presupuest­o, se asignan más de 57 mil millones de pesos al año para ese padecimien­to, equivalent­es a 16 por ciento del gasto federal en atención médica.

El registro nacional de cáncer entrará en vigor 180 días después de la publicació­n de las reformas en el Diario Oficial de la Federación. Después de ello la Secretaría de Salud tendrá 60 días para emitir el reglamento respectivo.

En el dictamen se explica que las erogacione­s que genere ese registro se cubrirán con cargo al presupuest­o de la Secretaría de Salud para el presente ejercicio fiscal y los subsecuent­es.

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