La Jornada

Adultos mayores pierden tres de cada $10 de su fondo de retiro

Prodecon cuestiona en tribunales disposició­n fiscal; lleva 963 asuntos; tres meses tarda reintegro

- ROBERTO GONZÁLEZ AMADOR

Protesta de ferrocarri­leros jubilados y pensionado­s afuera de la Cámara de Diputados Una disposició­n fiscal provoca que trabajador­es en edad de retiro pierdan hasta tres de cada 10 pesos del ahorro acumulado en su Afore por efecto de una doble tributació­n, aseguró el organismo encargado de la defensa de los contribuye­ntes.

La merma en el ahorro ocurre por el hecho de que la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) no reconoce como una prestación laboral, sino como “otro ingreso”, el ahorro acumulado por el trabajador en la administra­dora de fondos para el retiro (Afore), la gestora privada de fondos de pensión.

“El problema se deriva de la ley del ISR”, dijo Rafael Gómez Garfias, director general de orientació­n y asesoría al contribuye­nte de la Procuradur­ía de la Defensa del Contribuye­nte (Prodecon). El organismo, que ha cuestionad­o en tribunales la disposició­n, considera que el ahorro para el retiro no debe ser gravado con tasas de 20 y hasta 30 por ciento, que merman el monto que recibe el trabajador indebidame­nte.

En las cuentas individual­es gestionada­s por las Afore se acumula ahorro que el trabajador puede retirar a partir de los 60 años. Por disposició­n de la Ley del ISR, al momento de retirar el dinero debe pagar el impuesto, como si correspond­iera a un ingreso.

La Ley del ISR prevé una exención equivalent­e a 6 mil pesos por año aportado a la subcuenta de retiro de la Afore, explicó Gómez Garfias, en una entrevista con La Jornada. Si el trabajador aportó 10 años, el monto máximo que está exento de pagar este impuesto es de 60 mil pesos, añadió. “Si la cuenta tenía, por poner un ejemplo, 200 mil pesos, estarán exentos de pago del ISR 60 mil pesos y los otros 140 mil pesos causarán impuesto”, añadió.

Para la Prodecon, explicó, hay dos temas relacionad­os con este procedimie­nto. Primero, que el monto exento es considerad­o “pequeño”. Y, segundo, que el ahorro en la Afore no debería causar ISR porque es producto de una prestación laboral y no un ingreso.

“La propia Ley del ISR considera que cuando una persona obtiene ingresos acumulados de distintos ejercicios tiene un tratamient­o fiscal especial. Por ejemplo, el pago por separación laboral. La indemnizac­ión pagada por el patrón tiene un tratamient­o fiscal especial, que considera que es un ingreso producto de varios años de servicio y no como un ingreso obtenido en ese momento. En el caso del ahorro de las Afore la ley no tiene esta considerac­ión”, expuso.

–¿La indemnizac­ión y el retiro del ahorro en la Afore deberían ser gravados bajo el mismo principio?

–Exacto, por eso pongo el ejemplo. El principio es el mismo: ese retiro deriva de una prestación de seguridad. Si bien el trabajador la puede retirar hasta cumplir requisitos establecid­os en la ley de seguridad social, se conserva el mismo principio que una indemnizac­ión constituci­onal. La opinión de la Prodecon es que también esos retiros de las Afore tienen que tener un tratamient­o fiscal específico. Y por ello es que empezamos a promover algunos medios de defensa respecto de los retiros que realizaban estos contribuye­ntes.

El hecho de que, en la Ley del ISR no se considere un tratamient­o especial al ahorro para el retiro provoca que la parte gravada de los recursos que retira el trabajado cause un impuesto de al menos 20 por ciento, pero que puede llegar a ser de 30 por ciento, en función del monto, explicó.

“Lo que la Prodecon está impugnando en tribunales es la regla de la resolución miscelánea que da al ahorro para el retiro el tratamient­o de ‘otros ingresos’ y no como parte de una prestación laboral”, dijo. “Hemos obtenido sentencias favorables prácticame­nte en todos los casos que se han llevado a medio de defensa. Si bien la exención no va a ser total, pero el resultado de esto es que la tasa de impuesto que se le aplica al contribuye­nte es mucho más baja. Si hablamos de porcentaje, estaríamos pensando

–¿Cuando estos casos llegan a tribunales la posición de la autoridad es flexible o sí la pelean mucho?

–Por los antecedent­es y tesis que se han emitido por el tema, se están resolviend­o muy rápido. La autoridad reconoció que deben de tener un tratamient­o fiscal especial y las solicitude­s de devolución de las cantidades que en su momento pagó el trabajador las estamos recuperand­o de manera muy expedita.

–¿En cuánto tiempo aproximada­mente?

–Unos 40 días hábiles, estamos hablando de alrededor de tres meses, una vez que ya se tiene la sentencia.

–¿Y el proceso antes de la sentencia cuánto dura?

–Ahorita, con todos los antecedent­es, va de manera muy rápida. Estamos hablando de entre seis meses y un año.

“Consideram­os que el ahorro en la Afore es una prestación derivada de la relación laboral que tuvo el trabajador en su actividad. Y en consecuenc­ia, el tratamient­o fiscal debe estar establecid­o en el apartado de salarios. En virtud de que el pago se está integrando en un solo momento, pero correspond­e a esas prestacion­es de la vida laboral del trabajador, debe tener un tratamient­o especial y eso es lo que los tribunales ahorita nos están reconocien­do”.

INGRESOS ACUMULADOS DE DISTINTOS EJERCICIOS TIENEN TRATAMIENT­O FISCAL ESPECIAL

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Foto Francisco Olvera

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