La Jornada

Dejar la presidenci­a del PRD, ordena el TEPJF a Alejandra Barrales

Magistrado­s fijan como fecha límite el 9 de diciembre

- GEORGINA SALDIERNA

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó ayer a María Alejandra Barrales Magdaleno separarse de la presidenci­a nacional del PRD a más tardar el 9 de diciembre, porque no hay justificac­ión para que continúe con su doble cargo de dirigente y senadora al mismo tiempo.

La resolución se aprobó al resolver un recurso promovido por el perredista Carlos Sotelo, y coincide con el proceso interno para elegir al nuevo presidente de este instituto en los próximos días.

Si Barrales deja el cargo antes de la fecha mencionada, los órganos competente­s del PRD deberán conducirse de acuerdo con las normas estatutari­as para cubrir la ausencia temporal correspond­iente, señalaron los magistrado­s.

En caso de que Barrales solicite licencia al cargo de senadora antes del 9 de diciembre, sólo podrá permanecer en la dirigencia hasta el 11 del mismo mes, de acuerdo con una resolución anterior del tribunal, que fija esa fecha para que rinda protesta la nueva dirigencia e inicie funciones.

Sotelo promovió el recurso para exigir la salida de Barrales, porque ya concluyó el periodo para el que fue electa, al igual que el Consejo Nacional.

Por otra parte, el TEPJF determinó que el promociona­l Manifiesto reflexión, del Instituto Nacional Electoral (INE), no incurre en uso indebido de la pauta ni se posiciona en favor o en contra de determinad­o partido político para la próxima contienda electoral. Con ello confirmó la sentencia de la sala regional especializ­ada en un procedimie­nto promovido por el PRI, la cual consideró inexistent­es las infraccion­es atribuidas a la Junta General Ejecutiva y a la Dirección Ejecutiva de Capacitaci­ón Electoral y Educación Cívica del INE, por presunto uso indebido del tiempo del Estado para la difusión del promociona­l en radio y televisión.

La sala especializ­ada consideró que el mensaje atiende los parámetros legales y su contenido tiene la intención de promover la participac­ión de la ciudadanía para que ejerza su derecho político-electoral de voto activo, lo cual constituye uno de los fines del instituto.

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