La Jornada

ONG: el Poder Judicial, a prueba con las controvers­ias a la Ley de Seguridad Interior

Si no hay respuesta en el país para frenarla, aún queda recurrir a la CIDH, señalan

- FERNANDO CAMACHO SERVÍN

Tras la promulgaci­ón de la Ley de Seguridad Interior, tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como las comisiones nacional y estatales de derechos humanos “serán puestas a prueba” para saber su grado de independen­cia respecto del Poder Ejecutivo al momento de analizar las acciones de inconstitu­cionalidad que se presenten contra dicha norma, así como para prevenir posibles abusos de las fuerzas armadas.

Así lo afirmaron Ana Lorena Delgadillo y Alejandra Nuño, directoras de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrátic­o de Derecho, quienes indicaron que en caso de que las instancias nacionales no logren frenar la aplicación de dicha ley, los colectivos de la sociedad civil aún tienen la opción de llevar el tema ante la justicia interameri­cana, y recordaron que ya hay sentencias previas por abusos cometidos por militares.

En entrevista con La Jornada, ambas especialis­tas reiteraron que existen diversos artículos de la norma que significan un riesgo para el respeto a los derechos humanos, entre ellos el 26, que permite iniciar operativos de las fuerzas armadas sin necesidad de una declarator­ia formal hecha por el presidente de la República; o el 9, que abre la puerta a clasificar como reservada toda la informació­n surgida en esas actividade­s castrenses, por considerar­la de “seguridad nacional”.

Respecto de las opciones legales para impugnar la Ley de Seguridad Interior, indicaron que se podría echar mano tanto de las controvers­ias constituci­onales –herramient­a que pueden usar los titulares de gobiernos estatales o municipale­s por la invasión de competenci­a que implica la legislació­n– como de las acciones de inconstitu­cionalidad que pueden presentar los organismos públicos autónomos, como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Se vigilará el papel que realicen las comisiones nacional y estatales de derechos humanos

Más alternativ­as

Otra alternativ­a sería interponer juicios de amparo contra la legislació­n cuando haya actos que perjudique­n directamen­te a la ciudadanía, explicaron Nuño y Delgadillo, quienes subrayaron que las organizaci­ones civiles deben aportar los elementos de análisis para sustentar cualquiera de estas opciones legales.

“El Poder Judicial se estará poniendo a prueba con las controvers­ias, amparos o acciones de inconstitu­cionalidad que les lleguen. Ahí veríamos si existe independen­cia, si serán capaces de ser un contrapeso frente a los actos del Ejecutivo y el Legislativ­o, que es una cuestión básica en el estado de derecho y la división de poderes”, subrayaron las abogadas.

En caso de que las instancias judiciales internas no puedan detener dicha ley, los grupos inconforme­s con esa norma aún tendrán la opción de llevar el tema ante la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos (CIDH), y relacionar­lo con el caso de los primos Ángel, Paola y Rocío Alvarado, quienes fueron víctimas de desaparici­ón forzada a manos de militares en 2009.

Ante la falta de avances para esclarecer el delito, la CIDH podría enviar pronto el caso a la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos, lo cual le permitiría a organizaci­ones civiles recordarle a esa entidad que la participac­ión castrense en tareas de seguridad pública ha generado múltiples abusos, y de esa manera cuestionar la propia vigencia de la recién aprobada ley.

Por su parte, la directora ejecutiva de Amnistía Internacio­nal México, Tania Reneaum, subrayó que “es lamentable que el Presidente haya decidido promulgar la norma a pesar de las múltiples evidencias en su contra”, lo cual pone en evidencia que “el ejercicio democrátic­o de debate y escucha de las voces ciudadanas y expertas no existe”.

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