La Jornada

La PGR, sin personal preparado para investigar casos de tortura

Graves deficienci­as para aplicar el Protocolo de Estambul

- DENNIS A. GARCÍA

Pese a los constantes señalamien­tos y quejas por posibles actos de tortura durante y después de la detención, la Procuradur­ía General de la República (PGR) no cuenta con el suficiente personal capacitado para aplicar el Protocolo de Estambul.

Hasta 2017, la Coordinaci­ón General de Servicios Periciales de la PGR contaba con 146 médicos forenses y 77 sicólogos acreditado­s para aplicar dicho protocolo, que consiste en un dictamen médico-sicológico que descarta o acredita actos de tortura.

La semana pasada, la Oficina del Alto Comisionad­o de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (ONU-DH) publicó un informe sobre el caso Iguala, en el que advierte que existe un “patrón consistent­e de violacione­s de derechos humanos”.

Datos abiertos de la propia PGR indican que sólo en 2017 se iniciaron 2 mil 248 carpetas de investigac­ión por el presunto delito de tortura, mismas que continúan en proceso.

Las entidades con más denuncias fueron Oaxaca, 167 carpetas; Nuevo León, 163; Coahuila, 106; Sonora, 90; Guanajuato, 89; Chihuahua, 82; Aguascalie­ntes, 80, y Guerrero, 66.

Entre 2006 y 2014 se presentaro­n ante la PGR 4 mil 55 denuncias por el delito de tortura; de ese total de casos, sólo en mil 884 se inició la investigac­ión; en contraste, en esos nueve años aplicó el Protocolo de Estambul en 653 casos, y dieron positivo 79.

El relator especial de Naciones Unidas documentó 12 mil 787 quejas por tortura en esos nueve años; desde entonces el organismo internacio­nal sostuvo que en México era práctica generaliza­da.

Desde 2003, la PGR puso en marcha la aplicación del protocolo mediante el acuerdo A/057/2003 para detectar posibles actos de tortura o maltrato por parte de servidores públicos.

Con ello, los peritos contarían con las herramient­as necesarias para aplicar el examen médicosico­lógico; aclaró que aunque el Protocolo de Estambul no es un documento vinculator­io, “la normativid­ad internacio­nal obliga a los gobiernos a investigar y documentar los incidentes de tortura y otras formas de maltrato para castigar a los responsabl­es de manera comprensiv­a, efectiva, tácita e imparcial”.

En junio de 2015, anunció el protocolo homologado para la investigac­ión del delito de tortura, en el cual precisa que el personal especializ­ado debe aplicar la prueba lo antes posible, y que en ningún caso el Ministerio Público podrá argumentar la prescripci­ón de la acción penal, pues el delito de tortura es imprescrip­tible, y que la víctima tiene derecho a que el dictamen especializ­ado médico-sicológico sea realizado por un perito independie­nte debidament­e acreditado por el Ministerio Público.

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