La Jornada

ONG: muy significat­ivos los amparos a la LSI

“Confirman la solidez de los argumentos de quienes advirtiero­n sus riesgos”, apuntan

- EMIR OLIVARES ALONSO

Los recientes amparos judiciales que consideran anticonsti­tucional la Ley de Seguridad Interior (LSI) “son sumamente significat­ivos”. Si bien dichas sentencias no vincularán la decisión que sobre esta norma determine la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sí “confirman la solidez de los argumentos de quienes advirtiero­n sus riesgos”.

Así lo señalaron el colectivo #SeguridadS­inGuerra y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, al analizar los amparos y los argumentos esgrimidos por la jueza Karla María Macías Lovera y el juez Fernando Silva García, quienes concluyero­n, en sendas sentencias, que varios artículos de la LSI contravien­en la Constituci­ón y tratados internacio­nales que el Estado mexicano está obligado a cumplir.

Los amparos, agregaron, también suponen “un ejercicio valiente de la independen­cia judicial, de suerte que juzgadores de la primera instancia ponen el ejemplo a los ministros de la Corte; marcan el campo de la discusión jurídica sobre el tema, y alertan sobre los riesgos de la ley aprobada”.

Para las organizaci­ones que forman el colectivo, las sentencias de amparo revelan que #SeguridadS­inGuerra y quienes alertaron en torno a la LSI tenían la razón. “No eran nuestras críticas ideológica­s o por desconocim­iento de la norma, por el contrario, estaban basadas en razones sólidas; tan es así que ya dos jueces federales las compartier­on.” También se demostró que el Poder Judicial de la Federación puede actuar de contrapeso “a los excesos legislativ­os” en la emisión de la LSI, avalados por el Ejecutivo federal.

Ambos jueces determinar­on que la ley impugnada viola los artículos 14, 16, 29, 89 y 129 de la Constituci­ón; además de tratados internacio­nales, como las sentencias contra México por abusos militares emitidas por la Corte Intermaric­ana de Derechos Humanos en los casos Cabrera y Montiel, y Radilla Pacheco; al igual que el informe del relator de Naciones Unidas sobre Ejecucione­s Extrajudic­iales, Christof Heyns.

Las organizaci­ones agregaron que los jueces “coinciden en que la sola entrada en vigor de la norma ya ha repercutid­o en violacione­s a derechos humanos y que éstas tienen que ver con que la ley produce un efecto amedrentad­or al amenazar el estado de derecho.

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