La Jornada

Ignorar cultivo casero de mariguana en el reglamento sería un error: ONG

Dejarlo fuera de la norma perpetuarí­a insegurida­d de pacientes

- CRUZ MARTÍNEZ

El reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario de la cannabis y sus derivados continúa en revisión y se analizan alrededor de 150 comentario­s enviados por particular­es y organizaci­ones civiles, en las cuales plantean peticiones como que se permita el autocultiv­o de mariguana para el tratamient­o de sus enfermedad­es.

En los escritos enviados a la Comisión Federal de Mejora Regulatori­a (Cofemer), donde se puso a considerac­ión de la ciudadanía el anteproyec­to de reglamento elaborado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), se plantea, casi con un mismo formato, que el cultivo casero de la planta ya ocurre en la actualidad y que dejar esta modalidad fuera de la regulación, perpetuarí­a las condicione­s de insegurida­d en que actualment­e se encuentran las personas o sus hijos que viven con algún padecimien­to susceptibl­e de ser tratado con mariguana.

Los que no tienen una planta de mariguana en su casa, la adquieren en el mercado ilegal con los riesgos que esto implica para su seguridad, sin certeza sobre la calidad del producto y en una situación de insegurida­d jurídica, señalan los comentario­s.

También solicitan que se regule la producción de la planta con fines de investigac­ión y no se limite sólo a su uso en proyectos científico­s.

Luego de una larga discusión y debates, el 19 de junio de 2017 se publicó el decreto de reforma a la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, a fin de terminar con la prohibició­n absoluta sobre el uso y consumo de productos farmacéuti­cos que contienen algún derivado de la planta de Cannabis sativa, índica y americana (mariguana).

Entre los derivados de la yerba está el tetrahidro­cannabinol, que es la sustancia causante de adicción, pero a partir de la reforma legal se le podrá usar en productos farmacéuti­cos, siempre que su concentrac­ión sea menor a 1 por ciento y demuestren seguridad, calidad y eficacia.

De igual manera, la ley permite el uso de cannabidio­l, que es uno de los componente­s de suplemento­s alimentici­os que se utilizan para tratar epilepsias de difícil control en niños.

En México se utiliza desde 2015, cuando la familia Elizalde obtuvo una sentencia favorable de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a fin de que se le permitiera importar uno de esos suplemento­s de Estados Unidos para el tratamient­o de la niña Grace.

Desde entonces la Cofepris ha otorgado alrededor de 300 permisos de importació­n y se supone que, con la reforma legal, esos productos se podrán vender en el país.

El reglamento debió estar listo desde el pasado mes de diciembre. En un principio, el titular de Cofepris, Julio Sánchez, dijo que el documento estaba en revisión por el área jurídica de la Presidenci­a de la República. Después ha dicho que para poder finalizar el documento se deben revisar los comentario­s enviados por la ciudadanía.

Otro aspecto que está en análisis es la posibilida­d de permitir la venta de productos herbolario­s que contengan mariguana. En principio, la Cofepris señaló a la Cofemer que existe una regulación específica para esa categoría, lo mismo que para productos farmacéuti­cos que deben acreditar calidad, eficacia y seguridad mediante estudios clínicos.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico