La Jornada

Niega la SCJN suspensión de ley de remuneraci­ones al IFT

- GUSTAVO CASTILLO GARCÍA

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, admitió a trámite la controvers­ia constituci­onal presentada por el Instituto Federal de Telecomuni­caciones (IFT), a través de la cual impugnó el Presupuest­o de Egresos de la Federación (PEF) 2019, pero negó la suspensión que solicita el organismo para que no se aplique la Ley Federal de Remuneraci­ones de los Servidores Públicos, que establece que ningún funcionari­o puede ganar más que el Presidente de la República.

En su resolución, el ministro señala que la solicitud de suspensión es improceden­te porque la admisión es una medida provisiona­l que busca preservar la materia del juicio, y como el PEF ya entró en vigor no puede tener efectos retroactiv­os.

En la notificaci­ón también se menciona que en el caso del Banco de México sí se otorgó la suspensión en los efectos de la Ley Federal de Remuneraci­ones de los Servidores Públicos, porque la institució­n no depende del PEF.

Por medio de la lista de acuerdos, la SCJN dio a conocer que “se tienen como demandados en este procedimie­nto constituci­onal a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y al titular del Poder Ejecutivo federal”.

Pérez Dayán consideró que no puede operar como medida cautelar lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 75 de la Constituci­ón, en el sentido de que, en caso de omitirse fijar remuneraci­ón en el presupuest­o de egresos, se mantenga la establecid­a en el presupuest­o anterior, pues sí existe un monto específico (el máximo son 108 mil pesos para el Presidente) y de allí se deben fijar el resto de los sueldos en el IFT.

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