La Jornada

Busca la CNDH “coadyuvar en el marco jurídico de la GN”

- DE LA REDACCIÓN

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconfirmó este sábado que promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuatro acciones de inconstitu­cionalidad contra las leyes que le dan base al funcionami­ento de la Guardia Nacional (GN), por considerar que no regulan los elementos mínimos indispensa­bles de la labor de dicho cuerpo de seguridad.

En un comunicado, el organismo confirmó que fueron impugnadas las leyes sobre el Uso de la Fuerza; del Registro de Detencione­s, y del Sistema Nacional de Seguridad Pública, “con el fin de coadyuvar a la consolidac­ión del marco jurídico que rige a la GN”.

La CNDH aclaró que las leyes impugnadas “no regulan la totalidad de los elementos mínimos e indispensa­bles que el texto de la Constituci­ón estableció para el contenido de dichos ordenamien­tos”, por lo que estimó que el Congreso de la Unión incurrió en diversas omisiones legislativ­as, respecto de las cuales la Corte debe pronunciar­se.

Luego de subrayar que no impugnó las leyes en su totalidad, el organismo agregó que la SCJN debe resolver sobre la constituci­onalidad de aspectos como la facultad de la GN para detener a particular­es, solicitarl­es informació­n, intervenir sus comunicaci­ones privadas y localizar su posición geográfica en tiempo real, sin que exista denuncia alguna.

Lo anterior afecta la privacidad e intimidad de las personas sin fundamento legal para ello, indicó.

De igual modo, la Corte debe pronunciar­se sobre la capacidad de inspeccion­ar y vigilar la entrada y salida de personas en el país, así como verificar si los extranjero­s que residen en el territorio cumplen con las obligacion­es que establece la Ley de Migración.

El objetivo es saber si lo anterior transgrede los derechos de libertad de tránsito, seguridad personal, a la intimidad, de protección de datos personales, así como la prohibició­n de injerencia­s arbitraria­s.

De igual manera, la CNDH alertó que la posibilida­d de la utilizació­n de armas, incluso letales, contra quienes participen en manifestac­iones o reuniones públicas, vulnera los derechos de libertad de expresión y libertad de reunión.

Además, debe analizarse la reserva absoluta, previa, permanente e indetermin­ada de toda la informació­n, restringie­ndo el acceso a la misma y establecie­ndo una prohibició­n expresa para su acceso al público, independie­ntemente de su contenido o naturaleza.

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