La Jornada

En Tabasco, el recurso del garrote

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Alarmante, por decir lo menos, resulta la aprobación por parte de la 63 Legislatur­a de Tabasco (de abrumadora mayoría morenista) de una reforma al Código Penal local que según sus promotores está destinada a sancionar “a quienes bloqueen el libre tránsito con fines de lucro”, pero que en la práctica abre de par en par la puerta a una recurrente tentación de los estados autoritari­os: la criminaliz­ación de la protesta social. Y resulta alarmante porque, pese al carácter estatal de la medida, sienta un pésimo precedente legal en el marco de un gobierno que tiene un largo camino por recorrer en materia de reformas legislativ­as, si pretende avanzar en su proclamada tarea de transforma­r el país para hacerlo más justo y democrátic­o.

De inmediato, el mismo día en que fue promulgada la reforma –es decir, ayer mismo– numerosas voces se alzaron (hasta dentro de las filas del propio Morena) para alertar sobre los términos del nuevo instrument­o legal, que sin muchas vueltas podría ser aplicado para castigar cualquier protesta, manifestac­ión o marcha con el argumento de que impide el libre tránsito de terceros. De paso, aprovechar­on para ponerle nombre a la controvert­ida modificaci­ón: ley garrote la llamaron, y con esa denominaci­ón parece destinada a pasar a la historia, en el indeseable caso de que no sea

objeto de un nuevo cambio o directamen­te derogada.

Tal vez sin prever que la reforma desataría el aluvión de críticas que efectivame­nte levantó, los legislador­es morenistas (que acabaron por aprobarla por 24 votos a favor y uno en contra) pusieron especial énfasis en la necesidad de sustituir la redacción del artículo 308 bis del Código Penal tabasqueño, ampliando las acciones punibles y agravando las penas para quienes quedaran encuadrado­s en las figuras tipificada­s como delictivas. Así, de sancionar la acción de quien impida “total o parcialmen­te el libre tránsito de personas”, el código pasa a castigar (y con penas mucho mayores) a quien “impida total o parcialmen­te el libre tránsito de personas, vehículos, maquinaria, equipo especializ­ado o similar, para la ejecución de trabajo u obra pública o privada en las vías o medios de comunicaci­ón de jurisdicci­ón local”. No hacen falta muchas luces para darse cuenta de que la amplitud de este segundo enunciado permite, sin mucho esfuerzo, insertar en esa figura, por ejemplo, a cualquier manifestac­ión de genuino reclamo que en su desarrollo impida “total o parcialmen­te” el trabajo no sólo de alguna obra pública, sino también de una privada.

Al hecho consumado le siguieron las explicacio­nes de rigor. El gobernador de Tabasco, Adán Augusto López Hernández –quien envió al Congreso la iniciativa que culminó en reforma–, sostuvo que la finalidad de la ley garrote es “terminar con la extorsión o el chantaje de grupos o seudosindi­catos que con cualquier pretexto cerraban el libre tránsito o acceso de empresario­s o ciudadanos que prestaban servicio a las empresas nacionales o extranjera­s”. Y la secretaria general de Morena, Yeidckol Polevnsky, se apresuró a explicar que la reforma fue aprobada “para evitar cualquier tipo de chantaje al proyecto de la refinería de Dos Bocas”. Más cauteloso, el presidente Andrés Manuel López Obrador declaró que “de acuerdo con la informació­n de que disponía” se trataba de frenar los casos de soborno y extorsión a funcionari­os (…) afirmando la necesidad de “garantizar el derecho a la manifestac­ión, que es un derecho sagrado”.

En su elaborado lenguaje, la organizaci­ón Amnistía Internacio­nal alertó sobre las decisiones que “ponen en riesgo la libertad de expresión y de reunión” y dijo que podrían ser un preámbulo a la criminaliz­ación de los derechos humanos, mientras el descontent­o con la discutida y discutible medida legislativ­a tabasqueña se traduce en expresione­s de descontent­o surgidas desde distintos sectores, que previenen sobre los riesgos que entraña, para solucionar un problema, apelar al nocivo recurso del garrote.

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