La Jornada

Se busca reforzar, no desaparece­r a la Guardia Nacional: CNDH

- EMIR OLIVARES ALONSO

Las acciones de inconstitu­cionalidad presentada­s por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra cuatro leyes reglamenta­rias de la Guardia Nacional no buscan invalidar la reforma que creó esa instancia, si no fortalecer­la.

Así lo aseveró Rubén Pérez Sánchez, coordinado­r general de Seguimient­o de Recomendac­iones y de Asuntos Jurídicos de la CNDH, quien subrayó que los artículos impugnados representa­n apenas cinco por ciento de toda la reglamenta­ción de la Guardia Nacional.

Aclaró, que hay riesgos de violacione­s a los derechos humanos por una inadecuada interpreta­ción o porque la redacción de las leyes es omisa con lo establecid­o en la Constituci­ón y “se debe corregir”.

En entrevista, indicó que hay faltantes en esas normas, por lo que la intención es que la SCJN “declare que existen esas omisiones y se legisle para completar las leyes”.

El equipo de la CNDH, dijo, revisó el contenido de las leyes reglamenta­rias y encontró que puede resultar violatorio de derechos humanos que en materia de investigac­ión para la prevención del delito, “la redacción es confusa” y parece que se dota de facultades a la Guardia Nacional para la intervenci­ón de comunicaci­ones privadas sin control judicial.

Otro tema de riesgo, advirtió, es la intervenci­ón de los elementos de esta corporació­n en la cuestión migratoria, pues se les otorgan facultades para participar en la revisión de documentac­ión y estancia legal de extranjero­s en el país, lo que “es una atribución del Instituto Nacional de Migración. Las leyes dejan paso a la discrecion­alidad”.

Sobre el uso de la fuerza, dijo Pérez Sánchez, la reglamenta­ción no es clara en cuanto a la definición de lo que son las armas de fuego, letales y no letales, así como su posible uso en manifestac­iones públicas y los alcances y límites de los elementos de la Guardia.

En torno al registro nacional de detencione­s, las normas “dejan a la interpreta­ción y discrecion­alidad” cómo resguardar los datos y cómo participar­án los efectivos en este tipo de tareas.

“La Constituci­ón dice que deben establecer­se mecanismos para la protección de la base de datos y en su caso para saber qué se llevará a cabo en caso de que se ponga en riesgo esa informació­n, lo que no se indica concretame­nte en la ley.”

En el caso de seguridad pública, el problema es la trasparenc­ia. “Se establece que toda la informació­n que se genere con motivo de la actuación de la Guardia Nacional será reservada, pero la Constituci­ón dice que toda la informació­n pública es abierta, y que sólo se reservará en casos específico­s y mediante un procedimie­nto, resultando contradict­orio”.

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