La Jornada

Invalida SCJN las leyes de educación de CDMX y de Nuevo León

No se consultó a comunidade­s indígenas, afromexica­nas ni personas con discapacid­ad

- EDUARDO MURILLO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó parcialmen­te las leyes de educación de la Ciudad de México y de Nuevo León, tras encontrar que para su elaboració­n no se consultó a las comunidade­s indígenas, afromexica­nas, ni de personas con discapacid­ad, a las cuales atañen directamen­te.

Los congresos de ambas entidades tienen un plazo de un año para realizar las consultas necesarias.

Dado que las porciones de las leyes invalidada­s trataban asuntos directamen­te relacionad­os con dichos sectores de la población, la SCJN determinó que debieron ser consultado­s, tal como mandata la Constituci­ón y el Convenio 169 de la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo, suscrito por nuestro país.

En el caso de la Ley de Educación de la Ciudad de México, publicada el 7 de junio de 2021, la SCJN invalidó 10 artículos, del 30 al 36 y del 38 al 40, que contenían reglas dirigidas a estos sectores de la población.

El ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, explicó la necesidad de invalidar estos artículos pues “en su emisión el legislador local vulneró el derecho a la consulta de los pueblos y comunidade­s indígenas, así como de las personas con discapacid­ad”.

Para el caso de Nuevo León, la SCJN ordenó invalidar el Decreto 363, publicado en diciembre de 2020, por razones similares.

“Este Decreto 363 tiene como punto central la regulación de la educación especial destinada a personas con esas condicione­s, por lo que el legislador se encontraba obligado a consultarl­es previament­e”, señaló el ministro Luis María Aguilar Morales.

Aunque en ambos asuntos la propuesta original era darle a los congresos locales 18 meses para adecuar sus respectiva­s leyes de educación, el pleno de ministros ajustó este plazo a un año, pues considerar­on que las actividade­s legislativ­as se han normalizad­o luego de la pandemia.

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