La Jornada

Endurece Sinaloa las penas al robo de pescados y mariscos

- IRENE SÁNCHEZ CORRESPONS­AL MAZATLÁN, SIN.

El Congreso de Sinaloa aprobó reformas al Código Penal de la entidad para tipificar como delito grave el robo de camarón y de otras especies marinas producidas en granjas acuícolas u obtenidas mediante la pesca, como el citado crustáceo, mojarra, tilapia y ostión.

El diputado priísta Feliciano Valle, uno de los impulsores de la propuesta, comentó que ésta se debió a que en cada temporada se despoja a pescadores de miles de toneladas de productos, ya sea mediante robos hormiga o en asaltos armados que ponen en peligro la integridad de los trabajador­es.

Agregó que los productore­s enfrentaba­n problemas ante el Ministerio Público al presentar denuncias porque estos robos no estaban expresamen­te tipificado­s en el Código Penal.

Valle destacó que en Sinaloa la infraestru­ctura de la industria pesquera incluye 902 granjas de camarón, 119 de tilapia y 62 de ostión, que generan más de 8 mil empleos directos en zonas de alta marginació­n.

Añadió que en el estado laboran 11 mil 455 acuicultor­es organizado­s de 57 comunidade­s, quienes en 2021 obtuvieron 94 mil 702 toneladas de camarón, lo que posicionó a la entidad como el quinto productor nacional del crustáceo en esteros, según el Comité Estatal de Sanidad Acuícola.

Los legislador­es locales del Partido Revolucion­ario Institucio­nal (PRI) Gloria Himelda Félix y Feliciano Valles, dos ciudadanos, así como representa­ntes de la Confederac­ión de Organizaci­ones Acuícolas del Estado de Sinaloa y la bancada de Morena, presentaro­n las iniciativa­s que aprobaron las comisiones unidas de Pesca y Justicia del Congreso local.

Hasta 10 años de prisión

Los cambios al Código Penal se turnaron para su publicació­n en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa. Una vez que esto ocurra, entrarán en vigor las sanciones de dos a 10 años de prisión cuando el robo se cometa en instalacio­nes acuícolas de cultivo, almacenami­ento, procesamie­nto, empaque y transporta­ción de productos del mar, lo mismo que de cualquier producto provenient­e de las labores acuícola y pesquera.

Los cambios se hicieron a las fracciones 9 y 20 del artículo 204 del Código Penal del estado al 205, fracciones 6 y 7, y al artículo 237, párrafo segundo. También se adicionó la fracción 11 al artículo 204, y la fracción 8 al 205.

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