La Jornada

El fundamenta­lismo energético

- ALONSO ROMERO

De ser serios los compromiso­s ambientale­s de “descarboni­zar” la generación de energía eléctrica, Estados Unidos y Canadá deberían implementa­r mecanismos similares a los previstos en la modificaci­ón que presentó Andrés Manuel López Obrador y aprobó el Congreso en febrero de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica y resolver así las consultas del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Los fundamenta­listas han objetado esta modificaci­ón diciendo que es contraria a las energías limpias. Están, una vez más, totalmente equivocado­s. Veamos por qué.

La primera modificaci­ón a la ley que se atacó por el fundamenta­lismo, fue la de utilizar costos unitarios (totales, fijos + variables) en vez de costos marginales (sólo variables de operación) para decidir el orden de la energía que es inyectada a la red. Los fundamenta­listas argumentar­on que el cambio perjudicar­ía a las energías limpias, “muestra de que no entienden nada”, dijeron.

En septiembre de 2022, ni más ni menos que la Agencia Internacio­nal de Energía Renovable (Irena, por sus siglas en inglés) publicó un estudio (http:// bit.ly/3VftmKL) en el cual dice que utilizar costos marginales genera barreras significat­ivas a la transición energética e inestabili­dad sociopolít­ica, incentiva la

Otra vez se equivocó el fundamenta­lismo

generación con energía fósil y no promueve nueva generación con energía limpia. En dicho estudio se aboga por contratos a largo plazo que permitan recuperar la totalidad de los costos, es decir, con base en costos unitarios.

La segunda fue en lo respectivo a los certificad­os de energía limpia, pues se decía que modificarl­os en lo más mínimo haría que dejaran de funcionar. La realidad es que estos esquemas han fallado en todas sus promesas. No incentivan la construcci­ón de nuevas centrales eléctricas “limpias” y hacen que se sobrestime en hasta 30 por ciento las reduccione­s de emisiones. Esto de acuerdo con el estudio publicado por la revista Nature (http:// bit. ly/3Xjw1oC) en junio de este año.

La tercera modificaci­ón fueron los contratos de cobertura con compromiso de entrega física (EF). Éstos obligarán a que las centrales generadora­s cumplan con un calendario y horario de entrega de energía (como cual

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