El fundamentalismo energético
De ser serios los compromisos ambientales de “descarbonizar” la generación de energía eléctrica, Estados Unidos y Canadá deberían implementar mecanismos similares a los previstos en la modificación que presentó Andrés Manuel López Obrador y aprobó el Congreso en febrero de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica y resolver así las consultas del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Los fundamentalistas han objetado esta modificación diciendo que es contraria a las energías limpias. Están, una vez más, totalmente equivocados. Veamos por qué.
La primera modificación a la ley que se atacó por el fundamentalismo, fue la de utilizar costos unitarios (totales, fijos + variables) en vez de costos marginales (sólo variables de operación) para decidir el orden de la energía que es inyectada a la red. Los fundamentalistas argumentaron que el cambio perjudicaría a las energías limpias, “muestra de que no entienden nada”, dijeron.
En septiembre de 2022, ni más ni menos que la Agencia Internacional de Energía Renovable (Irena, por sus siglas en inglés) publicó un estudio (http:// bit.ly/3VftmKL) en el cual dice que utilizar costos marginales genera barreras significativas a la transición energética e inestabilidad sociopolítica, incentiva la
Otra vez se equivocó el fundamentalismo
generación con energía fósil y no promueve nueva generación con energía limpia. En dicho estudio se aboga por contratos a largo plazo que permitan recuperar la totalidad de los costos, es decir, con base en costos unitarios.
La segunda fue en lo respectivo a los certificados de energía limpia, pues se decía que modificarlos en lo más mínimo haría que dejaran de funcionar. La realidad es que estos esquemas han fallado en todas sus promesas. No incentivan la construcción de nuevas centrales eléctricas “limpias” y hacen que se sobrestime en hasta 30 por ciento las reducciones de emisiones. Esto de acuerdo con el estudio publicado por la revista Nature (http:// bit. ly/3Xjw1oC) en junio de este año.
La tercera modificación fueron los contratos de cobertura con compromiso de entrega física (EF). Éstos obligarán a que las centrales generadoras cumplan con un calendario y horario de entrega de energía (como cual