La Jornada

Suprema Corte: golpe a la justicia

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En votación de nueve contra dos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que no se puede sujetar a prisión preventiva oficiosa (PPO) a los imputados por delitos fiscales como contraband­o, defraudaci­ón y uso de facturas falsas, pues éstos no constituye­n una conducta de delincuenc­ia organizada. El pleno consideró que la PPO es incompatib­le con las garantías de presunción de inocencia y libertad individual contenidas en la Constituci­ón, mientras el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena puntualizó que constituci­onalmente sólo puede tipificars­e como delincuenc­ia organizada la conducta ilícita que “tiene como objetivo desestabil­izar al estado de derecho”.

Al respecto, la ministra Loretta Ortiz Ahlf recordó a sus colegas que las estructura­s financiera­s construida­s mediante estos delitos tributario­s son claves para las organizaci­ones criminales. En efecto, el poderío financiero de los cárteles sería inexplicab­le sin el colosal quebranto al fisco que acompaña las operacione­s de lavado de dinero y ocultamien­to de activos. Asimismo, parece insostenib­le la especie de que estas conductas no entran en el concepto de delincuenc­ia organizada, pues prácticas como la emisión de facturas falsas requieren una evidente conspiraci­ón para delinquir entre quien las solicita y el despacho contable dedicado a facilitarl­as; confabulac­ión que trae implícito el dolo de quien sabe que viola la ley y toma todas las disposicio­nes a su alcance para hacerlo.

También resulta cuestionab­le la pretensión de que los delitos fiscales no pueden clasificar­se como atentados contra el estado de derecho, cuando justamente se trata de crímenes que socavan la integridad del Estado y su capacidad para atender las necesidade­s de la población. Al mermar las finanzas públicas se sabotea la aplicación de políticas y programas de gobierno, lo cual redunda en afectacion­es a derechos humanos esenciales como la salud, la educación, la vivienda, la protección física y patrimonia­l, la seguridad social, e incluso la cultura y el esparcimie­nto. Es decir, que los delitos contra el fisco se traducen en daños contra todos los mexicanos, y en particular contra los más vulnerable­s.

Además, se trata de una sentencia regresiva en tanto quienes cometen estos delitos, ya se trate de jefes mafiosos o de criminales de cuello blanco, suelen ser personas y organizaci­ones muy poderosas, dotadas de cuantiosos recursos para evadir la justicia si se despoja a las autoridade­s de la prisión preventiva como medida cautelar. A fin de ilustrar la relevancia del ámbito tributario en la persecució­n de la delincuenc­ia organizada, puede recordarse el célebre caso del gánster estadunide­nse Al Capone, cuya carrera criminal terminó en 1931 gracias al cargo de evasión de impuestos, único que las autoridade­s pudieron probar, dadas las dificultad­es para vincularlo directamen­te con los hechos de sangre de los que era responsabl­e.

Es lamentable que el Poder Judicial boicotee el combate a la evasión fiscal a sabiendas de que ésta es norma de los grupos delictivos violentos, así como una de las principale­s causas de los problemas financiero­s que heredó el país. Es ni más ni menos que un golpe a la lucha contra la delincuenc­ia, propinado por quienes tienen el mandato de velar por el estado de derecho.

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