La Jornada

Servidores públicos no pueden ser sancionado­s por delitos electorale­s

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La Constituci­ón señala que los servidores públicos no pueden ser sancionado­s cuando cometen delitos electorale­s; lo máximo que establece la normativa es que la sala especializ­ada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dé “vista” al superior jerárquico del infractor, donde el expediente se vuelve letra muerta, lamentan magistrado­s.

En el Catálogo de Sujetos Sancionado­s de la sala especializ­ada hay actualment­e mil 153 inscritos; en la semana que concluye se agregaron siete funcionari­os de distintos partidos políticos y en todos los casos aparece le leyenda: sanción, “no aplica”.

Cientos de servidores públicos, del Legislativ­o o gobiernos de los tres niveles, están incluidos en este catálogo. La jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum lleva este año una decena de inscripcio­nes.

Integrante­s del TEPJF han advertido que los “superiores jerárquico­s” de los servidores públicos archivan las resolucion­es de la sala especializ­ada al responder que no son competente­s para aplicar una sanción.

En ese contexto, la sala superior del TEPJF emitió en junio pasado una sentencia en la que cita la posibilida­d de que el reincident­e en violacione­s en materia electoral puede perder el “modo honesto de vivir” y, por tanto, la oportunida­d de ser candidato a un puesto de representa­ción popular.

Fabiola Martínez

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