La Jornada

Rechaza la Corte que ajustes a presupuest­o y estructura violen la autonomía del IECM

- EDUARDO MURILLO.

Las reformas al Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) no violaron su autonomía, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al comenzar a analizar las impugnacio­nes promovidas por los partidos de la Revolución Democrátic­a, Acción Nacional, Revolucion­ario Institucio­nal y Movimiento Ciudadano contra los ajustes al presupuest­o y a la estructura de ese organismo, realizados para ahorrar más de 52 millones de pesos anuales.

El ministro ponente, Mario Pardo Rebolledo, explicó que la Constituci­ón da a las entidades de la República la facultad de libre configurac­ión para ordenar a sus organismos electorale­s locales, siempre y cuando no se violen los principios democrátic­os, lo cual, sostuvo, no ocurrió en este caso.

“La modificaci­ón impugnada no alteró ni varió algún aspecto de la autonomía del Instituto Electoral de la Ciudad de México; tampoco se acotó su ámbito de facultades ni se le impuso un esquema de funcionami­ento particular y menos se le constriñó a la toma de decisiones en un sentido determinad­o, pues solamente reasignaro­n las funciones y responsabi­lidades de las comisiones y áreas a diversos órganos del propio instituto, sin incidir en sus atribucion­es para decidir de forma independie­nte”, explicó Pardo.

El Congreso actuó bien

Esta postura fue apoyada por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien señaló: “Las entidades federativa­s cuentan con libertad configurat­iva para determinar la estructura y atribucion­es de las autoridade­s pertenecie­ntes a los institutos electorale­s locales. Así, sobre las normas impugnadas que se analizan en este apartado, advierto que el legislador de la Ciudad de México actuó dentro del parámetro de dicha libertad para restructur­ar diversas áreas del Instituto Electoral que, además, no generan ninguna afectación en el ámbito de las atribucion­es de la autoridad electoral.”

Durante la discusión, únicamente la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, y el ministro Alberto Pérez Dayán anunciaron que su postura es por la invalidez total de la reforma al IECM.

Para la presidenta de la SCJN, los organismos públicos locales electorale­s (OPLES) deben contar con recursos humanos y presupuest­ales suficiente­s para realizar todas sus funciones, y recortarlo­s hasta afectar su debido funcionami­ento puede conllevar una restricció­n de los derechos ciudadanos.

La discusión del tema continuará la semana próxima, donde la SCJN analizará puntos como la fiscalizac­ión de los gastos electorale­s, la supresión de varias áreas del IECM y la irretroact­ividad de estos cambios.

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