La Jornada

Se oponen asociacion­es de abogados a la reforma a la Ley de Amparo

Prohibir los efectos generales daña los derechos de las personas, indican

- Georgina Saldierna y Andrea Becerril

Al manifestar­se en contra de la reforma a la Ley de Amparo que prohíbe que tengan efectos generales las suspension­es provisiona­les o definitiva­s, colegios y asociacion­es de abogados señalaron que esa restricció­n lastima y hasta podría violentar los derechos de las personas.

El amparo es el instrument­o protector de los derechos y la suspensión es la garantía de dicha protección. Esta última consiste en la adopción de medidas cautelares temporales, en tanto dure un juicio y se emita sentencia definitiva. Además, puede ser impugnada por la autoridad y ser revocada o modificada, explicaron.

Luego de que el proyecto fue aprobado en comisiones del Senado y se prevé que se analice en el pleno en esta semana, Ricardo Ríos Ferrer, Juvenal Lobato y Federico Martens, representa­ntes de las agrupacion­es de abogacía, pidieron no satanizar la suspensión, pues se trata de una medida temporal que garantiza piso parejo en temas de competenci­a económica, salud y medio ambiente.

Por ejemplo, en el mercado eléctrico, si uno de los jugadores pide un amparo y éste tiene 50 competidor­es, con la reforma que se discute podrá obtener una suspensión para su caso específico y seguir jugando con las reglas previas, mientras los otros tendrán que modificar conductas y adecuarse a las nuevas normas.

Se puede crear un monopolio de quien está en situación de privilegio. Pero si a esa persona le dan una suspensión con efectos generales, se beneficia a los demás temporalme­nte, para que todos estén al parejo y ninguno tenga un privilegio respecto a otro, añadieron.

Reconocier­on que algunas empresas han abusado de los amparos, pero no por esto se puede afectar a los demás.

Insistiero­n en que la suspensión es una herramient­a de defensa frente al poder público, y si ésta se limita, el que pierde es el pueblo.

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