La Jornada

La Corte resolverá esta semana recursos sobre el caso Ayotzinapa

- JUAN PABLO REYES

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé resolver el miércoles una serie de recursos promovidos por los padres de los 43 normalista­s de Ayotzinapa contra la decisión del ministro Luis María Aguilar de abrir la puerta al análisis de cuatro demandas interpuest­as por ocho implicados en la desaparici­ón de los jóvenes y quienes alegan que no se ha cumplido la sentencia que los amparó hace seis años.

Será la primera sala del máximo tribunal del país la que revise la propuesta de la ministra Loretta Ortiz Ahlf y defina si desecha o mantiene en curso los incidentes de inejecució­n de sentencia de amparos impulsados por el caso Iguala y de los que surgió el mandato para crear una Comisión de la Verdad.

El 27 de septiembre de 2018 el entonces presidente de la SCJN, Luis María Aguilar, admitió a trámite los incidentes de inejecució­n de sentencia relacionad­os con la negativa de la entonces Procuradur­ía General de la República para crear la Comisión de Verdad del caso Ayotzinapa.

Esto luego de que la ahora FGR manifestó una imposibili­dad jurídica para crear dicha comisión, como ordenó el primer tribunal colegiado del decimonove­no circuito con sede en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas.

Dicho tribunal concedió el amparo a ocho de los principale­s implicados en el secuestro y ejecución de los 43 normalista­s de Ayotzinapa, cometidos en 2014, entre ellos Gildardo López Astudillo, El Gil; Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo; Miguel Ángel Landa Bahena, El Duvalín, y Agustín García Reyes, El Chereje.

También, Salvador Reza Jacobo, El Lucas; Patricio Reyes Landa, El Pato; Jonathan Osorio Cortés, El Jona, así como Darío Morales Sánchez, El Comisario.

La sentencia de amparo se concedió para el efecto de dejar insubsiste­nte el auto de formal prisión, emitir otra resolución atendiendo los lineamient­os que se marcan en la sentencia y reponer la fase de preinstruc­ción.

También para reconocer la calidad de víctimas de las personas a quienes se les reconoció ese carácter en la averiguaci­ón previa, o bien, en las ejecutoria­s indicadas.

Además de que se ordenó tomar en considerac­ión diversos lineamient­os para efecto de llevar a cabo el estudio del cuerpo del delito y de la probable responsabi­lidad en los delitos que se imputan a los quejosos.

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