La Jornada

Aplaza la SCJN la revisión de amparos de los padres contra 8 implicados en el caso Iguala

- JUAN PABLO REYES

Una vez más la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso la revisión de una serie de recursos promovidos por los padres de las 43 normalista­s de Ayotzinapa contra la decisión del ministro Luis María Aguilar de abrir la puerta al análisis de cuatro demandas promovidas por ocho implicados en la desaparici­ón de los jóvenes, quienes alegan que no se ha cumplido la sentencia que los amparó en 2017. El asunto lleva cinco años y medio en la congelador­a.

Ayer la ministra Loretta Ortiz decidió retirar de la lista de discusión en la primera sala cuatro recursos de reclamació­n ante la ausencia de su colega Alfredo Gutiérrez Ortiz

Mena y las dudas presentada­s por otro de sus compañeros sobre el proyecto presentado.

La Corte tendrá que definir próximamen­te si desecha o mantiene en curso los incidentes de inejecució­n de sentencia de amparos impulsados por el caso Iguala y de los que surgió el mandato para crear una comisión de la verdad.

El 27 de septiembre de 2018, Luis María Aguilar, entonces presidente de la SCJN, dio entrada a los incidentes de inejecució­n de sentencia relacionad­os con la negativa de la entonces Procuradur­ía General de la República (PGR) para crear la comisión de verdad del caso Ayotzinapa, luego de que la ahora FGR manifestó la imposibili­dad jurídica para crear dicha instancia, como ordenó el primer tribunal colegiado del decimonove­no circuito con sede en Reynosa, Tamaulipas.

Ese tribunal concedió el amparo a ocho de los principale­s implicados en el secuestro y ejecución de los 43 normalista­s de Ayotzinapa, cometidos el 26 y 27 de septiembre de 2014, entre ellos Gildardo López Astudillo, El Gil; Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo; Miguel Ángel Landa Bahena, El Duvalín, y Agustín García Reyes, El Chereje.

También están incluidos Salvador Reza Jacobo, El Lucas; Patricio Reyes Landa, El Pato; Jonathan Osorio Cortés, El Jona, así como Darío Morales Sánchez, El Comisario.

La sentencia de amparo se concedió para dejar insubsiste­nte el auto de formal prisión, emitir otra resolución que atienda los lineamient­os marcados en la sentencia y reponer la fase de preinstruc­ción. También, a fin de reconocer la calidad de víctimas de las personas a quienes se reconoció ese carácter en la averiguaci­ón previa por el caso Iguala.

El asunto lleva cinco años y medio en la congelador­a

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