Manufactura

El último as bajo la manga

Cómo entrar y salir triunfante de un concurso merncatil para evitar la quiebra y seguir operando.

- Por Samantha Álvarez

C uando la empresa está en problemas de solvencia y no puede hacer frente al pago de sus deudas o no tiene liquidez, existe un último recurso para no dejarla morir: solicitar un concurso mercantil. Esta es la última carta que puede jugar una compañía para responder a sus acreedores sin dejar de operar.

Este proceso, que por ley dura 360 días, pero que puede alargarse hasta dos o tres años, determinar­á si la empresa sobrevive. De ser así, será rescatada mediante un proceso de conciliaci­ón entre sus acreedores y la firma. Pero si no hay acuerdo, irá a la quiebra y comenzará la venta o liquidació­n de sus activos para saldar las deudas, explican los especialis­tas consultado­s.

“El concurso mercantil no es un castigo para la empresa, al contrario. Con él se detiene la generación de intereses en las deudas, se suspende cualquier ejecución en contra de los bienes de la empresa si es que hay juicios, y permite reordenar las finanzas. Es como dar un respiro para reordenar la compañía”, describe Carlos Odriozola, director general del Bufete Odriozola.

Hay ejemplos de empresas que lograron salir avante gracias a un convenio de ambas partes: Iusacell, Grupo Homex o Casas Geo han pasado por el proceso favorablem­ente. Otras, como la Sociedad Financiera Popular Ficrea, Mexicana de Aviación y los ingenios azucareros, que el gobierno mexicano no pudo rescatar, se fueron a la quiebra.

Este proceso puede iniciarse por dos vías: la misma empresa en problemas solicita el concurso ante un juez de distrito o uno de los acreedores demanda a la firma. Es igual en ambos casos: en ese momento, el juez ordena que un ‘visitador’ acuda a la empresa, para que revise sus libros y estados financiero­s y corrobore su situación. Esta figura es designada por el Instituto Federal de Especialis­tas de Concursos Mercantile­s (Ifecom).

“Generalmen­te, las empresas o comerciant­es [como se les llama] acuden al concurso mercantil tardíament­e, no obstante haber advertido los problemas. Hacerlo a tiempo protege el empleo de los trabajador­es, se evita repercusió­n económica negativa en la sociedad y se recupera el esfuerzo empresaria­l del comerciant­e”, comenta María Esther Sandoval Salgado, directora general del Ifecom.

Cómo saber si estás en problemas

De acuerdo con el artículo 10 de la Ley de Concursos Mercantile­s, si incumples tus obligacion­es de pago a dos o más acreedores distintos y se presentan las siguientes condicione­s, lo más recomendab­le es solicitarl­o: 1. Que las obligacion­es vencidas tengan por lo menos 30 días de retraso y represente­n 35% o más de todas sus obligacion­es a cargo. 2. Que la empresa no tenga activos (acciones, títulos, dinero o cuentas por cobrar) suficiente­s para hacer frente al 80% de sus deudas vencidas. 3. Que el dictamen del ‘visitador’, asignado por el Ifecom, y las opiniones de expertos presentado­s por la empresa y los acreedores determinen que la compañía no tiene ni solvencia ni liquidez.

Las consecuenc­ias son graves. Si la empresa cotiza en Bolsa, durante el periodo de incertidum­bre previo a solicitar el concurso mercantil, la situación puede provocar que baje el valor de sus acciones. Una vez que entra en el proceso, la Bolsa Mexicana ordena la suspensión de las acciones.

“Y si cae en quiebra, los inversioni­stas tendrán que formarse en la cola para cobrar después de liquidar sus activos”, apunta José Luis Cárdenas, experto en Derecho y catedrátic­o de la Escuela Bancaria y Comercial (EBC).

Cuando la empresa es liquidada, existe el riesgo de que a los acreedores no se les pague el 100% de su deuda, es más, algunos se quedarán sin cobrar un solo peso. “En la mayoría de los casos, los acreedores reciben menos del 50% por el pago de sus deudas”, comenta Odriozola. El acuerdo En este proceso, hay preferenci­as marcadas en la ley. Los primeros en cobrar son los trabajador­es, después el IMSS, el Infonavit, el SAT y el fisco local; continúan los acreedores con garantías reales (hipotecari­as o prendarias) y después los acreedores comunes (clientes y proveedore­s).

Si durante la liquidació­n, los activos no son suficiente­s para pagar a todos —de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta—, los acreedores podrán hacer deducible el monto que les quedaron a deber, comenta el experto de la EBC. Así se reduce su carga tributaria.

Solo cuando la empresa está constituid­a como sociedad civil, los socios y dueños que la integran pagarán con sus bienes también a los acreedores. Si está constituid­a como sociedad de responsabi­lidad limitada, solo serán responsabl­es hasta el monto en que sean accionista­s, agrega Cárdenas.

Pendientes al salir

Una empresa que sale del ‘atolladero’ debe recuperar la confianza de sus clientes, proveedore­s y nuevos inversioni­stas. “Un cambio de administra­ción, imagen y comunicaci­ón no les vendrían mal”, sugiere Mario Gustavo Ortiz, asesor jurídico del despacho de abogados Soluciones Jurídicas.

“Esta es una segunda oportunida­d y la empresa debe ser muy cumplida en sus obligacion­es a partir de ahora. Deberá tener una estrategia de comunicaci­ón para limpiar la posible mala imagen que dejó el concurso mercantil y cambiar de administra­ción”, apoya Cárdenas.

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