La transparencia y la nueva Rectoría
El décimo tercer rector general de la UAM, Dr. Eduardo Peñalosa, asumió el cargo el pasado martes 4. Lo hizo en un acto privado en el cual el Dr. Salvador Vega le transmitió la responsabilidad correspondiente y el Presidente de la Junta Directiva, Dr. Rodolfo Santamaría, le tomó la protesta de ley. Lo más signifi cativo de ese día fue la conferencia de prensa otorgada a los medios de comunicación. La toma de posesión se da en un momento en que las situaciones extrañas de un proceso de designación cuestionado y la herencia problemática de la Rectoría General saliente ( como fue expuesto aquí la semana pasada) difi cultan, sin duda, que el Dr. Peñalosa se concentre en las cuestiones que visualizó en la UAM para los próximos cuatro años.
Entre estas últimas destacan tres, mismas que ha venido reiterando en declaraciones desde las primeras horas en que fue conocida su designación. Ellas son: a) la cuestión de la transparencia; b) la realización de un foro en cual los distintos sectores de la UAM identifi quen fortalezas y debilidades para continuar la marcha de la Universidad; c) resolver las cuestiones relativas a la aprobación de los estados fi nancieros de la institución que, desusadamente, fueron remitidos para su estudio a una comisión del Colegio Académico. En esta entrega se aborda lo relativo a la transparencia.
La propuesta del rector, elaboración de un reglamento de transparencia, refl eja bien una preocupación de los distintos sectores de la comunidad de la UAM, organización que siendo tan innovadora en algunas de sus expresiones institucionales va a la zaga en esa materia frente a otras casas de estudio. Por ejemplo, el acuerdo de que la Junta Directiva hiciera públicas sus actas, adoptado cuatro años atrás, sólo fue puesto en práctica la semana pasada, ya con la nueva rectoría en funciones.
¿ Será esto un símbolo de nuevos tiempos?
La UAM forma parte del Estado Mexicano, diría Perogrullo. Como tal, y no obstante su autonomía, no puede sustraerse del régimen de derecho que envuelve a aquél. En ese sentido, y en una tarea creativa que le permitiría ponerse al día ( y posiblemente innovar), dicho reglamento consideraría los supuestos y obligaciones que ya están definidos en el Sistema Nacional Anticorrupción ( Constitu- ción y siete leyes secundarias), en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y en las distintas disposiciones que regulan a la Auditoría Superior de la Federación, entre otras, para referirlas específicamente a la UAM, institución que, como todas las que se acogen a la garantía del Artículo Tercero Constitucional, tiene “autonomía orgánica” ( Gabino Fraga), misma que difiere de la que poseen otros órganos autónomos reconocidos por la propia Carta Magna.
En términos de técnica jurídica, no todo cabe en un reglamento aun sabiéndolo acomodar. Las situaciones de nepotismo, confl ictos de interés, malos manejos fi nancieros y otras, denunciados insistentemente en las últimas tres semanas, de ser ciertas, deberán ser “corregidas o castigadas”, como ha dicho el rector Peñalosa, por las instancias correspondientes. Pero, más importante que eso, tal tipo de situaciones deben ser prevenidas. En ese sentido, el reglamento de transparencia quedaría corto, puesto que la personalidad de los ¨ sujetos obligados” a transparentar y rendir cuentas no puede ser diferente a la de los servidores públicos que tienen responsabilidades similares en las normas nacionales en esas materias. En pocas palabras: el reglamento sería un instrumento insufi ciente para esos propósitos y habría que prevenir tal tipo de situaciones, refl ejándolas en otros ordenamientos ya existentes. Esto implicaría una reforma sustancial de la normatividad de la UAM, misma que de cierta manera está prefi gurada en el documento de trabajo del nuevo rector y formaría parte de su segundo eje ahí descrito, el de cambios “en la formulación de las normatividades”.
Pero, mientras todo lo anterior son ideas para el futuro, hay cuestiones de transparencia que será necesario resolver casi de inmediato. El Presidente de la Junta Directiva, quien ingresó en junio del año pasado, ¿ será desplazado de esa posición, aplicándole el criterio personal que el anterior rector impuso en la institución, vulnerado la Constitución, la Ley Orgánica y los principios básicos de todo el derecho positivo mexicano? En términos de transparencia, la oclusión que ha empañado en los últimos tiempos a la Casa Abierta al Tiempo debería desaparecer.
LA PROPUESTA de un reglamento de transparencia parece una buena iniciativa