Sustancial, reconocer legítima defensa con visión de género
La reciente aprobación por la Cámara de Senadores de la legítima defensa con un enfoque en favor de la víctima y con perspectiva de género aporta elementos de análisis a los jueces frente a la violencia física, sexual y psicológica contra las mujeres, señaló Alicia Beatriz Azzolini Bincaz, investigadora de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
Con la inclusión en el Código Penal Federal de diversos preceptos, en casos donde exista un tipo de violencia familiar o feminicida, las autoridades deben otorgar protección a la víctima, explicó en entrevista la profesora del Departamento de Derecho de la sede Azcapotzalco.
El reto es que los magistrados apliquen esos mandatos toda vez que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que las autoridades competentes deben solicitar de oficio las órdenes de protección para ellas y su familia.
La especialista recordó un hecho paradigmático en los años noventa, en el que una mujer fue a bailar y la pareja de una amiga la quiso violar, pero ella lo mató en defensa propia. “Fue un escándalo porque era casada y no querían reconocer su derecho a la defensa”.
El suceso ocurrió en el Estado de México, donde finalmente fue condenada por exceso de legítima defensa y fue el propio procurador de justicia de la entidad quien cambió las conclusiones acusatorias, pues los jueces la querían condenar por homicidio calificado.
Ahora se pone énfasis en que las mujeres víctimas de violencia se defiendan y en que se les debe proteger, porque en ocasiones la familia o el propio agresor, al ser lesionado, reinciden en atacar.
Para la investigadora, la adición en el concepto de legítima defensa evidencia que los ciudadanos comunes y corrientes “tenemos que defendernos, la realidad es que los funcionarios no siempre nos pueden proteger, un poco es omisión del Estado, pero la violencia nos ha superado”.
CRISIS DE JUSTICIA. ESTAMOS VIVIENDO UNA SITUACIÓN EN LA QUE LA AUTORIDAD NO SE HA DADO ABASTO .