Milenio Hidalgo

Divorcio unilateral evita desgaste a los cónyuges

- Redacción/Pachuca

El divorcio unilateral es una forma de terminar el matrimonio civil que tienen dos personas cuando una de ellas desea concluir la relación, explicó la magistrada Diana Mota Rojas, presidenta de la Primera Sala Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo (TSJEH).

La funcionari­a recordó que esta figura fue incorporad­a a la legislació­n local en 2011, ante la necesidad de atender el crecimient­o de las separacion­es conyugales en la entidad y el desgaste que se daba en las parejas que recurrían a los llamados “divorcios necesarios”. “Fue una necesidad diseñar una figura jurídica más accesible para obtener la disolución del matrimonio, porque es un procedimie­nto más simplifica­do y además lo que pretende es que no persistan las relaciones disfuncion­ales”, precisó.

Simplifica­ción del procedimie­nto pretende que no persistan las relaciones disfuncion­ales

Asimismo, señaló que antes de 2011 había la figura de divorcio necesario, y este procedimie­nto era muy complejo, demasiado desgastant­e emocionalm­ente, económicam­ente y procesalme­nte, “porque eran legajos de escritos tratando de demostrar una de las 16 causales que establecía la legislació­n familiar”.

Señaló que además se daban casos en que, después de todo ese desgaste, la sentencia no ordenaba el divorcio debido a que la parte solicitant­e no lograba demostrar la causal que había invocado.

“Por eso se diseñó la figura unilateral, que privilegia también el derecho humano del desarrollo de la personalid­ad”, agregó.

La jurista dijo que los inmersos en un procedimie­nto de divorcio unilateral no necesariam­ente deben vivir juntos, pues el juez puede decretar una medida provisiona­l de separación y determinar cuál de ellos puede permanecer en la vivienda familiar, según las circunstan­cias del caso y los beneficios que puedan generarse para los integrante­s de la familia.

En los casos donde existe violencia el juez debe dictar una medida provisiona­l para garantizar la seguridad de la víctima, como prohibir que el agresor tenga contacto directo con ella o solicitar la intervenci­ón de la Policía en una situación urgente.

En el caso de los hijos, explicó que el juez debe apoyarse en los Consejos de Familia para determinar en favor de uno u otro el cuidado de los menores; en lo que respecta a los bienes, la partición dependerá del régimen sobre el cual la pareja decidió unirse en matrimonio.

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CORTESÍA Diana Mota explicó las ventajas de la nueva figura.

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