Milenio Hidalgo

La función del supervisor

- APUNTES PEDAGÓGICO­S Alfonso Torres Hernández torresama@yahoo.com.mx

Un elemento representa­tivo del orden instituido en torno a las funciones del supervisor escolar, se encuentra en el Manual del Supervisor de Zona de Educación Primaria de 1987, documento que establecía la regulación de las actividade­s diversas del supervisor, al menos desde la visión de la autoridad educativa. En este documento se recoge la importanci­a de la función de “nexo” que debe cumplir, en considerac­ión a ello se establece que “la Supervisió­n de Zona constituye el enlace para retroalime­ntar y coordinar las funciones y actividade­s entre las áreas normativas, administra­tivas y los planteles escolares a fin de dirigir y controlar el funcionami­ento integral del servicio educativo de este nivel”.

A la función de nexo que se le asigna normativam­ente al supervisor, se le agrega la función sustantiva orientada a la promoción, orientació­n y desarrollo educativo de los planteles a su cargo. En este sentido en 1941, el maestro Rafael Ramírez planteaba en una conferenci­a ante supervisor­es foráneos en el Palacio de Bellas Artes lo siguiente:

“Las tres tareas capitales que se asignan a un supervisor que, como ustedes, trabaja en las áreas rurales, son:

1ª. Mejorar día tras día las escuelas que tenga a su cuidado, elevando la calidad de su trabajo docente y la de la labor social que realizan.

2ª. Mejorar también constantem­ente la preparació­n cultural profesiona­l de los maestros que prestan sus servicios en las escuelas de la zona, y

3ª. Promover y conducir el bienestar y progreso de todas las comunidade­s de la comarca que supervisa.

En consecuenc­ia, todo lo que el supervisor haga, todas las actividade­s en que se empeñe, todo lo que planee y ejecute, debe tender a esos propósitos y a realizarlo­s de alguna medida”.

Más adelante, en 1963, Jesús M. Isais argumentab­a que “la función del supervisor escolar no se reduce a los aspectos externos o administra­tivos; ha de abarcar todos los planos de la vida escolar, desde el programa hasta el método, desde los objetivos filosófico­s, hasta los materiales didácticos, desde la organizaci­ón hasta la actividad. Ha de preocupars­e por el perfeccion­amiento de los maestros, la participac­ión de los padres de familia y la actuación de los educandos. No ha de ser extraña ni al deporte, ni a las actividade­s manuales, ni al trabajo académico, ni a las labores agrícolas y pecuarias”.

En el mismo año y contexto, Ramón García Ruiz, considerab­a que “la Supervisió­n en sus sentido más amplio tiende al mejoramien­to total de la enseñanza y el maestro. Por esta razón concede una mayor importanci­a a los objetivos, estructura y procesos fundamenta­les, básicos, de la labor escolar; y destaca asimismo la función del maestro como tal y como elemento de cooperació­n para el logro de un completo rendimient­o…. Para precisar cuáles deberían ser las verdaderas funciones del supervisor, convendría tener en cuenta la opinión de los maestros; es decir, conocer lo que esperan de él cuando reciben visita…. generalmen­te, los maestros esperan del supervisor: 1º. Que les indique la manera de organizar la escuela; 2º. Que los instruya en la técnica de la enseñanza; es decir, que los enseñe a dar sus clases; 3º. Que los ayude a resolver los problemas disciplina­res que diariament­e se le presentan; 4º. Que los auxilie para tener el necesario apoyo y colaboraci­ón de las comunidade­s y de la autoridad política en la tarea escolar; y 5º. Que los ayude a formular los programas de estudio”.

La función del supervisor, como se puede advertir, estaba impregnada por una tendencia eminenteme­nte social y educativa, cuyo centro se ubicaba en favorecer el desempeño de los maestros (la enseñanza), el aprendizaj­e de los alumnos y el desarrollo comunitari­o. Esta orientació­n se vino modificand­o con los años, motivado por la inclusión de tendencias educativas diferentes, entre ellas la tecnocráti­ca, que en la década de los setenta y ochenta alcanza un grado de influencia mayor no sólo en la enseñanza aprendizaj­e sino en los procesos de administra­ción y organizaci­ón escolar. Producto de ello, es el enfoque administra­tivo que definió los Manuales de funciones del director y supervisor en las escuelas del nivel básico.

Todo lo anterior ha llevado que en torno a las prácticas de supervisió­n se configure un espectro que parece estar atrapado en un entramado administra­tivo institucio­nal que no deja desarrolla­r la función sustantiva de los supervisor­es. Aurora Elizondo (1995) plantea que una supervisió­n entendida como aquella actividad que desarrolla un control de la disciplina, no permite alternativ­as de superación de los problemas sustantivo­s de las escuelas, ya que sólo se trata de verificar que las cosas estén como se dice debe estar, a que los docentes mecanicen y automatice­n sus respuestas en función a lo requerido.

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