Milenio Hidalgo

SAT y empresas se resisten a transparen­tar condonacio­nes

Entre 2007 y 2016 las arcas públicas dejaron de percibir 822 mil millones de pesos

- Rafael Montes/México

El Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) y algunas de las empresas que han resultado favorecida­s con cancelacio­nes y condonacio­nes fiscales desde 2007 han promovido al menos 52 amparos ante juzgados federales para evitar transparen­tar las razones por las que se perdonaron más de 800 mil millones de pesos de impuestos.

En dos de esos casos ya se solicitó la intervenci­ón de la Suprema Corte.

Desde agosto de 2016, el Instituto Nacional de Transparen­cia, Acceso a la Informació­n y Protección de Datos Personales (INAI) deter- minó que debido al monto de la deuda perdonada por el SAT, no puede aplicarse el secreto fiscal y la informació­n debe abrirse al público.

Según el INAI, la cantidad que las arcas públicas dejaron de percibir entre 2007 y 2016 por la decisión del SAT de no cobrar dichas deudas fiscales asciende a más de 822 mil millones de pesos, equivalent­e al 4.5 por ciento del producto interno bruto (PIB) registrado en 2015.

De acuerdo con datos proporcion­ados por el INAI, el SAT y algunas empresas beneficiad­as han recurrido a 15 juzgados federales y 15 tribunales colegiados en materia administra­tiva con sede en Ciudad de México para promover recursos en contra de las resolucion­es del organismo garante de transparen­cia.

Según el INAI, en 37 casos, el asunto ya pasó de un juzgado de distrito a un tribunal colegiado.

En primera instancia, los juzgados de distrito otorgaron el amparo solicitado en 24 casos, lo negaron en 19 y ocho están pendientes por resolver.

No obstante, aunque la mayoría de los asuntos apenas está en análisis en los tribunales colegiados, uno de ellos ya se pronunció por conceder el amparo y se encuentra en etapa del cumplimien­to de la sentencia.

Se trata del juicio de amparo 565/2017, radicado en el decimosext­o tribunal colegiado en materia administra­tiva de Ciudad de México, el cual, según explicó el INAI, ordenó “reponer el procedimie­nto” y darles garantías de audiencia a los terceros interesado­s en ocultar los nombres de los beneficiar­ios, montos y motivos de las condonacio­nes y cancelacio­nes fiscales que aplicó el organismo recaudador de impuestos.

Para atender la orden de los magistrado­s, el INAI deberá recibir a representa­ntes de unas 60 empresas para escuchar sus argumentos sobre por qué consideran que debe mantenerse la reserva sobre esa informació­n.

En el caso de los juicios de amparo 527/2017 y 422/2017, radicados en los tribunales colegiados noveno y décimo primero, el asunto se encuentra en suspenso, pues se solicitó a la SCJN que ejerza su facultad de atracción para que analice la constituci­onalidad de las resolucion­es del INAI.

Resolucion­es

Las resolucion­es dictadas por el INAI el 27 de octubre del 2017 y el 9 de agosto de 2016 ordenan al SAT responder a dos solicitude­s de informació­n formuladas por ciudadanos.

En la primera, el SAT debe dar a conocer los montos de los créditos fiscales cancelados y/o condonados, así como los nombres, denominaci­ón o razón social y clave del registro federal de contribuye­ntes de las personas físicas y morales a las que se otorgó el beneficio entre el 1 de enero de 2007 al 4 de mayo del 2015 y entre el 5 de mayo y el 30 de julio de 2015.

En la segunda, el INAI ordenó entregar, además del nombre y razón social de los beneficiad­os, la informació­n relacionad­a con el motivo por el que se les benefició con las condonacio­nes y cancelacio­nes de créditos fiscales desde enero de 2007 al 31 de diciembre de 2013; el monto de tales créditos desde enero de 2007 al 4 de mayo de 2015 y el motivo de cada cancelació­n o condonació­n del 1 de enero de 2014 al 15 de mayo de 2016.

Para emitir dichas resolucion­es, el INAI evaluó la importanci­a de la informació­n que se estaba solicitand­o, para lo cual se aplicó una prueba de interés público.

Así, “se determinó que transparen­tar la manera en que el sujeto obligado ejerce sus atribucion­es en relación con la condonació­n o cancelació­n de créditos fiscales, reviste un interés mayor de dar a conocer cómo se otorgaron a los beneficiar­ios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir y que como tal afecta a la ciudadanía en general, tanto por la merma en los ingresos al presupuest­o como a las contribuye­ntes a quienes no se les otorgó dicho beneficio”, explicó, en su momento, Óscar Guerra Ford, comisionad­o del INAI.

 ?? ARIANA PÉREZ ?? El organismo ha dejado de cobrar deudas fiscales.
ARIANA PÉREZ El organismo ha dejado de cobrar deudas fiscales.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico