SAT y empresas se resisten a transparentar condonaciones
Entre 2007 y 2016 las arcas públicas dejaron de percibir 822 mil millones de pesos
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y algunas de las empresas que han resultado favorecidas con cancelaciones y condonaciones fiscales desde 2007 han promovido al menos 52 amparos ante juzgados federales para evitar transparentar las razones por las que se perdonaron más de 800 mil millones de pesos de impuestos.
En dos de esos casos ya se solicitó la intervención de la Suprema Corte.
Desde agosto de 2016, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) deter- minó que debido al monto de la deuda perdonada por el SAT, no puede aplicarse el secreto fiscal y la información debe abrirse al público.
Según el INAI, la cantidad que las arcas públicas dejaron de percibir entre 2007 y 2016 por la decisión del SAT de no cobrar dichas deudas fiscales asciende a más de 822 mil millones de pesos, equivalente al 4.5 por ciento del producto interno bruto (PIB) registrado en 2015.
De acuerdo con datos proporcionados por el INAI, el SAT y algunas empresas beneficiadas han recurrido a 15 juzgados federales y 15 tribunales colegiados en materia administrativa con sede en Ciudad de México para promover recursos en contra de las resoluciones del organismo garante de transparencia.
Según el INAI, en 37 casos, el asunto ya pasó de un juzgado de distrito a un tribunal colegiado.
En primera instancia, los juzgados de distrito otorgaron el amparo solicitado en 24 casos, lo negaron en 19 y ocho están pendientes por resolver.
No obstante, aunque la mayoría de los asuntos apenas está en análisis en los tribunales colegiados, uno de ellos ya se pronunció por conceder el amparo y se encuentra en etapa del cumplimiento de la sentencia.
Se trata del juicio de amparo 565/2017, radicado en el decimosexto tribunal colegiado en materia administrativa de Ciudad de México, el cual, según explicó el INAI, ordenó “reponer el procedimiento” y darles garantías de audiencia a los terceros interesados en ocultar los nombres de los beneficiarios, montos y motivos de las condonaciones y cancelaciones fiscales que aplicó el organismo recaudador de impuestos.
Para atender la orden de los magistrados, el INAI deberá recibir a representantes de unas 60 empresas para escuchar sus argumentos sobre por qué consideran que debe mantenerse la reserva sobre esa información.
En el caso de los juicios de amparo 527/2017 y 422/2017, radicados en los tribunales colegiados noveno y décimo primero, el asunto se encuentra en suspenso, pues se solicitó a la SCJN que ejerza su facultad de atracción para que analice la constitucionalidad de las resoluciones del INAI.
Resoluciones
Las resoluciones dictadas por el INAI el 27 de octubre del 2017 y el 9 de agosto de 2016 ordenan al SAT responder a dos solicitudes de información formuladas por ciudadanos.
En la primera, el SAT debe dar a conocer los montos de los créditos fiscales cancelados y/o condonados, así como los nombres, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyentes de las personas físicas y morales a las que se otorgó el beneficio entre el 1 de enero de 2007 al 4 de mayo del 2015 y entre el 5 de mayo y el 30 de julio de 2015.
En la segunda, el INAI ordenó entregar, además del nombre y razón social de los beneficiados, la información relacionada con el motivo por el que se les benefició con las condonaciones y cancelaciones de créditos fiscales desde enero de 2007 al 31 de diciembre de 2013; el monto de tales créditos desde enero de 2007 al 4 de mayo de 2015 y el motivo de cada cancelación o condonación del 1 de enero de 2014 al 15 de mayo de 2016.
Para emitir dichas resoluciones, el INAI evaluó la importancia de la información que se estaba solicitando, para lo cual se aplicó una prueba de interés público.
Así, “se determinó que transparentar la manera en que el sujeto obligado ejerce sus atribuciones en relación con la condonación o cancelación de créditos fiscales, reviste un interés mayor de dar a conocer cómo se otorgaron a los beneficiarios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir y que como tal afecta a la ciudadanía en general, tanto por la merma en los ingresos al presupuesto como a las contribuyentes a quienes no se les otorgó dicho beneficio”, explicó, en su momento, Óscar Guerra Ford, comisionado del INAI.