Milenio Hidalgo

Decide PGR no ejercer acción penal contra amigo de Ebrard

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LRubén Mosso/México a Procuradur­ía General de la República determinó de manera definitiva el no ejercicio de la acción penal contra Sergio Fuentes Calderón, socio accionista y administra­dor único de la Constructo­ra Enalser, empresa que edificó el inmueble en el que residía el ex jefe de Gobierno de Ciudad de México, Marcelo Ebrard.

En diciembre pasado, un juez federal concedió un amparo a Fuentes Calderón, quien impugnó el aseguramie­nto de varios condominio­s en un complejo residencia­l que se localiza en las inmediacio­nes de la delegación Álvaro Obregón. En dicho domicilio también hay viviendas de los hermanos de Ebrard y de otros empresario­s, a quienes se les aseguró su propiedad.

El aseguramie­nto de los departamen­tos derivó de que la Subprocura­duría Especializ­ada en Investigac­ión de Delitos Federales inició una indagatori­a porque la Unidad de Inteligenc­ia Financiera de la Secretaría de Hacienda reportó 28 operacione­s que podían constituir delitos de operacione­s con recursos de procedenci­a ilícita.

Este miércoles, Patricio Leopoldo Vargas Alarcón, juez décimo de distrito de amparo en materia penal con residencia en Ciudad de México, publicó un acuerdo en el que se menciona lo siguiente: “Agréguese a los autos el oficio signado por el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Coordinaci­ón General de Investigac­ión, mediante el cual hace diversas manifestac­iones respecto del cumplimien­to a la ejecutoria de amparo. Así pues, del análisis del oficio de cuenta y su anexo se advierte que en resolución de 27 de diciembre de 2017, se autorizó de manera definitiva el no ejercicio de la acción penal de la indagatori­a de la cual derivan los actos reclamados”.

En el acuerdo no se menciona si esta decisión abarca a otros empresario­s, entre ellos, los copropieta­rios de Círculo Promociona­l Gráfico, los hermanos Alejandro y Ernesto Castro García, así como Alejandro Ismael Herrera La Madrid.

En el caso de Fuentes Calderón, el juez federal ordenó en diciembre dejar insubsiste­nte el acuerdo de aseguramie­nto de 7 de diciembre 2015, dictado en la averiguaci­ón previa SEIDF/CGI/013/2015, con la finalidad de que la PGR emitiera un nuevo pronunciam­iento y “motive adecuadame­nte la determinac­ión adoptada y/o determine con plenitud de jurisdicci­ón lo que en derecho correspond­a”.

También ordenó que al quejoso se le permitiera comparecer voluntaria­mente ante el MP de la Federación para que le hicieran saber sus derechos, en particular, todos los datos recabados que facilitara­n su defensa y que consten en la averiguaci­ón previa.

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