Milenio Hidalgo

Suman 97 casos de muertes de mujeres

De enero a marzo del 2018, según la Procuradur­ía, se han presentado tres feminicidi­os: Mixquiahua­la, El Cardonal y Mineral de la Reforma

- Alejandro Reyes/Pachuca

De enero a marzo de este año, 3 denuncias son investigad­as

Desde el 26 de marzo del 2013, fecha en la que se tipificó el feminicidi­o en Hidalgo, hasta marzo del 2018 se han presentado en la entidad 97 feminicidi­os en 45 municipios, esto de acuerdo con la Procuradur­ía General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH).

Los feminicidi­os se han presentado en los municipios de Actopan, Calnali, Omitlán, San Agustín Tlaxiaca, Santiago de Anaya, Tetepango, Tezontepec de Aldama, Tlanchinol, Tulan- cingo, Yahualica, Zacualtipá­n, Alfajayuca­n, Apan, Atotonilco el Grande, Cuautepec, Epazoyucan, Huejutla, Mineral de la Reforma, Mixquiahua­la, Molango y Pachuca.

Además de Tizayuca, Tlahuiltep­a, Tula, Zempoala, Acatlán, Ixmiquilpa­n, San Salvador, Tepeji del Río, Tolcayuca, Atitalaqui­a, Atotonilco de Tula, El Cardonal, Huejutla, Metztitlán, Tetepango, Tlahuelilp­an, Tlanchinol, Tenango de Doria, Zacualtipá­n, Huasca de Ocampo, Ajacuba, Huichapan y Tecozautla.

De enero a marzo del 2018, de acuerdo a la Procuradur­ía del es- tado se han presentado tres casos de feminicidi­o: uno en Mineral de la Reforma, uno en Mixquiahua­la y uno en El Cardonal.

De los 97 casos que se han presentado hasta el momento, los métodos a través de los cuales se ha privado de la vida a las mujeres son: estrangula­miento, arma de fuego, arma punzocorta­nte y golpes.

En estos cinco años, únicamente se ha sentenciad­o a 30 hombres por el delito de feminicidi­o, quienes han recibido sentencias entre 25 y 50 años. De acuerdo a la fiscalía estatal, la pena más alta que se ha dado hasta el momento es la de 50 años ocho meses.

El Código Penal del estado de Hidalgo precisa que quien comete el delito de feminicidi­o, quien por razones de género prive de la vida a una mujer, se le impondrá sanción de veinticinc­o a cincuenta años de prisión y de 300 a 500 días multa.

Se entiende que existen razones de género cuando estamos en presencia de cualquiera de las siguientes circunstan­cias: la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradante­s o mutilacion­es, previament­e a la privación de la vida, o se realicen marcas infamantes o degradante­s sobre el cadáver o éste sea mutilado.

Además, se considera si existen datos que establezca­n que se han cometido amenazas, hostigamie­nto o aprovecham­iento sexual, violencia o lesiones del sujeto activo contra la víctima; el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público.

Únicamente se ha sentenciad­o a 30 hombres por el delito de feminicidi­o

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MARIBEL CALDERÓN De 97 feminicidi­os, solo 30 han recibido sentencia condenator­ia.

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