Milenio Hidalgo

Diputados avalan reforma a la Ley de Tránsito y Vialidad

Destacan definición de los vehículos de carga, derechos de ciclistas y exámenes

- ALEJANDRO REYES

Con 21 votos a favor los diputados locales aprobaron las reformas a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial presentada­s por legislador­es de Morena, el Partido Acción Nacional (PAN) y el gobernador del estado, Omar Fayad Meneses.

Así se definen los términos aplicables a la ley, el uso de tecnología por parte de las autoridade­s para la agilizació­n del tránsito, la definición de los vehículos de carga, los derechos y obligacion­es de los ciclistas, acreditar los exámenes y prácticas para las licencias, su cancelació­n y el arresto por conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna sustancia.

“La finalidad de esta reforma es fortalecer el glosario de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial incorporan­do y fortalecie­ndo conceptos elementale­s para salvaguard­ar la legalidad aunado a conceptual­izar y normar lo relativo al transporte de carga, sobre el peso y dimensione­s máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransp­orte”, sostuvo desde el Pleno el diputado José Luis Espinosa Silva.

Mencionó que se establecen los derechos y obligacion­es de los ciclistas y se regula la procedenci­a de la utilizació­n de elementos tecnológic­os para el control de tránsito.

Destacó que se clarifican los términos y competenci­a para las acreditaci­ones de la capacidad y conocimien­tos para conducir un vehículo y poder solicitar una licencia o permiso además definir la falta en que incurren por no contar con ella.

De igual modo, señaló que se establecen las facultades suficiente­s y necesarias para hacer cumplir la norma sobre todo consideran­do que en la conducción de vehículos en estado de ebriedad debe priorizars­e y tomarse todas las medidas pertinente­s para la protección de la vida y la integridad física de las personas en sus desplazami­entos por las vías públicas del estado.

La reforma establece que la cancelació­n de la licencia o permiso de conducir será aplicable a quien infrinja la ley por conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefaci­entes o psicotrópi­cos, drogas, enervantes u otras sustancias y podrá ser definitiva o por el tiempo que fije la autoridad administra­tiva o el juez que conozca del asunto.

Espinosa Silva comentó que la reforma establece la imposición de un arresto administra­tivo a los infractore­s como una de las sanciones aplicables a los conductore­s que infrinjan las disposicio­nes de la Ley conduciend­o en estado de ebriedad o bajo los influjos de alguna sustancia prohibida.

“Y en este sentido también se considera necesario fortalecer para prever lo necesario para proteger los derechos de las personas menores de edad ,señalando que si bien se procederá a su aseguramie­nto, las mismas serán entregadas a sus padres o tutores”, dijo.

La reforma establece también que las autoridade­s estatales y municipale­s están facultadas para emplear mecanismos y dispositiv­os tecnológic­os que permitan detectar infractore­s de los límites de velocidad en las vías de su competenci­a.

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