Garantiza el TEEH labores pese a falta de designación
Leodegario Hernández, magistrado presidente, designó una magistratura por ministerio de ley, así como de la reorganización de distintas áreas tras asumir su nuevo encargo para el año electoral
Pese a la falta de nombramiento de la magistratura acéfala por parte del Senado, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) no cesa sus trabajos y garantizará la impartición de justicia electoral en el proceso electoral 2023-2024, aseguró el magistrado presidente, Leodegario Hernández Cortez.
Ante tal omisión por más de un año de quien ocupara la magistratura que dejó Manuel Alberto Cruz Martínez, el órgano jurisdiccional tomó previsiones y se eligió a Lilibet García Martínez como magistrada en funciones por ministerio de ley; así como a José Miguel García Velasco, como secretario general y con ello tener la nueva integración de la octava época del TEEH.
“Se inició el proceso para ocupar la magistratura vacante, se hizo convocatoria abierta especialmente para mujeres que as
piraran a este cargo, hay muchas personas y en el TEEH tenemos dos compañeras, una de ellas quien fue designada como magistrada en funciones por ministerio de ley. El Senado está notificado de esta circunstancia y no creo que exista la necesidad de que tengamos que estar insistiendo”, comentó.
De igual manera, Hernández Cortez garantizó a la ciudadanía y a los actores políticos que el TEEH se encuentra preparado para encarar los medios de impugnación que se presenten en las distintas etapas de la próxima
elección, tras la designación de la magistratura por ministerio de ley, así como el avance en la consolidación de estos trabajos para atender el proceso electoral.
“Tenemos el personal suficiente para avanzar y que los medios de impugnación se atiendan de manera pronta y expedita; además de atender de manera fluida los medios de impugnación que lleguen al órgano jurisdiccional”, reiteró.
Obras sin un hilo conductor
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) revocó las reglas de postulación emitidas por el Instituto Estatal Electoral (IEEH) en torno a las acciones afirmativas para grupos históricamente vulnerados y que deben ser postulados por partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes e independientes.
Al resolver diversos Juicios de la Ciudadanía y Recursos de Apelación promovidos por actores
políticos, el Tribunal ordenó al IEEH emitir nuevos lineamientos para cumplir con la representación de estos grupos en los cargos de elección popular.
En cuanto a la acción afirmativa para destinar 20 presidencias municipales exclusivas para la postulación de mujeres, el magistrado presidente argumentó falta de fundamentación y motivación por parte del IEEH en la determinación de estos municipios, al someter a consideración de los partidos la conformación de este grupo, a través de procedimientos aleatorios sin explicar su proceso ni los parámetros.
Aunado a esto, perdió de vista la motivación de tal acción por el histórico de ser ayuntamientos que nunca se gobernaron por mujeres y se dejan de incluir ayuntamientos que no han sido gobernados por mujeres e incluir otros que sí; además de que no observa el principio de progresividad al no incluir a todas
Ante las omisiones del Senado, se designó a Lilibet García Velasco en funciones
“El Senado está notificado de esta circunstancia, tenemos que avanzar, tenemos que atender la justicia y las demandas” Leodegario Hernández Magistrado presidente del Tribunal Electoral de Hidalgo
las demarcaciones donde nunca han gobernado presidentas municipales por la vía de elección de voto directo; además de no ser criterios que deben aplicar a candidaturas independientes sino sólo bajo las figuras en las que participan los partidos políticos.
La acción afirmativa para la representación de personas con discapacidad en los ayuntamientos, los agravios esgrimidos por Morena sobre la indebida fundamentación y motivación en esta determinación son fundados, ya que no hay datos poblacionales de los 84 municipios sobre la certeza de que solo 14 superan la cifra señalada por el artículo 13 del Código Electoral, obligando a postular dos fórmulas en éstos y no en los 70 restantes.
Respecto a los representantes de la diversidad sexual en ayuntamientos, la demanda de Morena fue fundada ante la indebida motivación del IEEJ, ya que no se advierten datos aportados por el
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) sobre el porcentaje de población identificada dentro de este grupo se postulen en al menos cuatro municipios.
Cabe recordar que el IEEH emitió lineamientos y reglas de postulación en materia de acciones afirmativas para personas con discapacidad, y con ello postular al menos dos fórmulas completas en municipios de más de 50 mil habitantes; mientras que deben postular al menos una fórmula completa en aquellos municipios de hasta 50 mil habitantes, en demarcaciones restantes.
En 27 municipios tendrán la obligación de postular perfiles indígenas para competir por la presidencia municipal, asegurando el 50 por ciento de las postulaciones para hombres y 50 para mujeres; además, para garantizar el acceso de personas jóvenes a los cargos de elección, en cada planilla deberán postular una fórmula de menores de 30 años.