Telcel, obligada a pagar a empresas competidoras
Un tribunal federal ordenó a Telcel pagar los daños provocados a diversas empresas por prácticas monopólicas que ejerció entre 2006 y 2012. Manuel Suárez Fragoso, magistrado del tercer tribunal unitario en materias civil y administrativa del primer circuito, revocó la sentencia que el juez cuarto de distrito en materia civil de Ciudad de México dictó el 21 de noviembre de 2017, en la que Telcel había sido absuelta. Para evitar el pago de estos daños, la empresa de Carlos Slim aún puede promover un amparo directo ante un tribunal colegiado. Si bien Telcel declaró que no emitiría comentarios al respecto, también destacó que no lo haría porque “se trata de un asunto en curso, en donde no existe ninguna sentencia en firme”.
Según el expediente, distintas compañías de telecomunica- ciones demandaron a Telcel en 2014 por prácticas monopólicas relativas por el excesivo cobro de tarifas de interconexión por la terminación de llamadas.
En la sentencia del tribunal unitario, el magistrado dejó claro que no era materia de controversia el artículo 38 de la Ley Federal de Competencia Económica, que establece el derecho de acción de pago de daños y perjuicios, derivado de la afectación de una práctica monopólica, concentración ilícita o prohibida.
“El punto a dilucidar es la vigencia de la norma, pues atendiendo a su aplicación en el tiempo, son diversas las condiciones establecidas para instaurar la acción de
La compañía de Carlos Slim todavía puede impugnar el fallo a través de un amparo
pago de daños y perjuicios. Es de señalar que las normas adjetivas rigen los actos en el momento que tienen verificativo, lo anterior es así, pues el procedimiento en los juicios está formado por actos sucesivos que no se desarrollan en un solo momento, de modo que debe regirse por las disposiciones vigentes en la época en que tienen verificativo”.