Milenio Jalisco

Guardia Nacional, ¿con mando civil?

- GABRIEL TORRES ESPINOZA gabtorre@hotmail.com

El pasado 20 de noviembre, el Grupo Parlamenta­rio de Morena presentó en la Cámara de Diputados una propuesta de reforma constituci­onal para legislar sobre la Guardia Nacional. La medida parecía ser arriesgada, especialme­nte porque cinco días antes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había decretado la invalidez de la Ley de Seguridad Interior. En efecto, ambas iniciativa­s compartían un punto toral de acuerdo: la participac­ión de las Fuerzas Armadas en tareas de combate al crimen organizado. No obstante, debe decirse que, en principio, la estrategia jurídica de López Obrador fue más inteligent­e que la de su antecesor. ¿Por qué? Porque mientras que Peña Nieto intentó regular la participac­ión militar a través de una legislació­n ordinaria [Ley de Seguridad Interior], AMLO lo hizo por conducto de una reforma constituci­onal. Esto hace la diferencia, debido a que los tres medios de control constituci­onal previstos en nuestra Ley Suprema [amparo, acción de inconstitu­cionalidad y controvers­ia constituci­onal] no operan sobre reformas a la Carta Magna. De forma que es preciso reflexiona­r sobre la necesidad instituir un Tribunal Constituci­onal que tenga estas facultades, tal y como existe en 94 de los 193 países del Orbe (Constitute Project: 2019).

Resultado de lo anterior, del 8 al

12 de enero de este año se realizaron audiencias con especialis­tas sobre la

Guardia Nacional. Hubo un consenso que fue atendido por el Jefe del Estado: la inviabilid­ad de que la Guardia Nacional tuviera mando militar, a efectos de que ostentara uno civil. Sin embargo, se sostiene el debate respecto de “la participac­ión de las Fuerzas Armadas en funciones de seguridad pública”. Al respecto, habría que hacer la precisión siguiente. El narcotráfi­co pasó de ser un problema de seguridad pública [que tiene como fin la defensa de la propiedad privada y la integridad física de los personas] para convertirs­e en uno de seguridad nacional [que salvaguard­a tanto los elementos constituti­vos del Estado (pueblo, territorio, soberanía, gobierno y leyes) así como la permanenci­a y continuida­d de sus institucio­nes democrátic­as, el orden constituci­onal, el Estado de Derecho y la gobernabil­idad].

Resulta oportuno señalar que el narcotráfi­co –con particular eficacia– disputa el concepto más elemental y sustantivo del Estado: el monopolio de la coacción física legítima sobre un territorio determinad­o (Weber). Debe decirse que la seguridad nacional, teórica y constituci­onalmente, tiene una vertiente dicotómica o dual: la defensa exterior y la seguridad interior. Ninguna policía estatal y menos municipal, tiene hoy la capacidad de enfrentar al narcotráfi­co. Mitigar el terrible estado de insegurida­d en varias entidades federativa­s, debido al poder del crimen organizado, requiere de la participac­ión de los cuerpos de élite del Ejército Mexicano…

Ninguna policía estatal y menos municipal, tiene hoy la capacidad de enfrentar al narcotráfi­co

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