Suprema Corte discutirá hoy la prisión preventiva
Constitución. El proyecto busca la invalidez de esta medida cautelar de oficio, que tiene a 92 mil 595 personas en la cárcel
mientos Penales, el Fiscal de la Federación y el Penal Federal.
El ministro Luis María Aguilar, encargado de elaborar el proyecto de sentencia por este asunto, propondrá al pleno de la SCJN declarar la invalidez del artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, y del artículo 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional, previa inaplicación del artículo 19, párrafo segundo de la Constitución, relativa a la prisión preventiva oficiosa.
Al tratarse de una norma general, la propuesta del ministro tiene que ser aprobada con mayoría calificada de ocho votos, a fin de
deje de aplicarse la prisión preventiva oficiosa en el país, lo que beneficiaría a miles de personas internas actualmente en diversos centros penitenciarios bajo esta medida cautelar.
El ministro sostiene que “la clasificación de la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar es tan solo un ‘disfraz’, una simple denominación formal que no corresponde con su forma de operar ni con sus consecuencias nocivas, pues queda claro que se erige como una sanción anticipada, ya que no restringe derechos, sino que priva de ellos”.
Según el ministro, el sistema mexicano de prisión preventiva oficiosa es contrario a los derechos humanos “y, por tanto, la consecuencia natural e inmediata debería ser la invalidez de las normas que la establecen”.
Aguilar califica de “crecimiento desmesurado” la ampliación del catálogo de delitos que ameritan esta medida mediante el decreto del 12 de abril de 2019.
Antes de la reforma, los delitos que la contemplaban eran delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, los cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como los ilícitos graves que determine la ley contra la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalida y de la salud.
Se añadieron el abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio,roboacasahabitación,uso de programas sociales con fines electorales, enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; robo a transporte de carga, en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos; desaparición forzada e ilícitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y Fuerza Aérea.
Según el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional de junio de 2022, actualmente hay 92 mil 595 presos están bajo proceso penal en prisión preventiva, 40.8 por ciento del total de la población privada de su libertad en los centros penitenciarios.