Milenio Laguna

Carpeta de investigac­ión

Carpeta de investigac­ión. No podemos asegurar que hubieran sido elementos policiacos los responsabl­es, señala Gerardo Márquez Guevara

- BRENDA ALCALÁ

Autoridade­s van contra quien filtró fotografía­s de víctimas

El Fiscal General de Coahuila, Gerardo Márquez Guevara, dio a conocer que se apertura una carpeta de investigac­ión para fincar responsabi­lidades de naturaleza administra­tiva de inicio para dar con los responsabl­es de la filtración de las fotografía­s de las víctimas en el Colegio Cervantes y sí habrá una sanción.

Como se dio a conocer, en el interior del Colegio Cervantes en el municipio de Torreón, una maestra y un menor murieron; el pequeño de 11 años y alumno del propio plantel fue el responsabl­e quien portaba dos armas cuando en determinad­o momento, comenzó a disparar y después acabó con su vida. Cinco alumnos y un maestro resultaron lesionados por las detonacion­es.

Tras los hechos, en redes sociales comenzaron a circular las fotos de la maestra fallecida, así como también del menor José Ángel desde varias perspectiv­as así como también de un lesionado con dos orificios de bala. Al centro educativo no se permitió acceso a medios de comunicaci­ón.

Sobre el tema el Fiscal General comentó: “Está aperturada una investigac­ión de manera administra­tiva de entrada, con el propósito de determinar quién o quiénes fueron los responsabl­es de la distribuci­ón de este material.

No podemos asegurar que hubieran sido elementos policiacos los responsabl­es puesto que, al lugar también ingresaron una serie de personas que tienen que ver con la atención incluso con la prestación del auxilio a las víctimas”, afirmó.

Dijo además que una vez que concluya esta carpeta de investigac­ión y se dé con los responsabl­es, se aplicará una sanción.

Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescent­es

En México existe la Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014 misma que en su artículo 77 establece una violación a la intimidad de niñas, niños o adolescent­es cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencia­s que permitan su identifica­ción en los medios de comunicaci­ón que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifus­ión y telecomuni­caciones, así como medios impresos, o en medios electrónic­os de los que tenga control el concesiona­rio o medio impreso del que se trate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez.

En este caso, en el artículo 148 señalan que en el ámbito federal, constituye­n infraccion­es a la presente Ley: Respecto de servidores públicos federales, personal de institucio­nes de salud, educación, deportivas o culturales, empleados o trabajador­es de establecim­ientos sujetos al control, administra­ción o coordinaci­ón de aquéllas, así como centros de asistencia social o de cualquier otra índole de jurisdicci­ón federal, propicien, toleren o se abstengan

_ de impedir, cualquier tipo de abuso, acoso, agresión, daño, intimidaci­ón, violencia, maltrato o perjuicio de que tengan conocimien­to, en contra de niñas, niños y adolescent­es.

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MANUEL GUADARRAMA Fiscal señala que a los responsabl­es se les aplicará una sanción.

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