Milenio Laguna

Corte, por liberar a 3 de Duda razonable

Fueron detenidos en 2015 por secuestro en Macuspana, Tabasco, y sentenciad­os a 50 años

- RUBÉN MOSSO

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá amparar y, por ende, ordenar la inmediata liberación de Héctor Muñoz, Juan Luis López y Gonzalo García, quienes fueron detenidos en 2015 por secuestro en Macuspana, Tabasco, y sentenciad­os a 50 años de prisión.

El asunto fue expuesto en el documental de Netflix “Duda Razonable”, de 2014, donde se da conocer el caso y la sentencia por secuestro de cuatro personas en Tabasco, una de las cuales (Darwin Morales) recobró su libertad porque su defensa demostró que se encontraba en otro lugar.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propondrá al Pleno de la Corte otorgar la protección de la justicia porque señala que el tribunal de justicia oral “realmente nunca tuvo frente así evidencia aportada por la fiscalía que corroborar­a de manera robusta y suficiente el hecho delictivo materia de juicio”, es decir, el secuestro.

“Los elementos hasta ahora analizados bastan para concluir que, contrario a lo resuelto por el tribunal de juicio oral, la fiscalía no satisfizo la carga de la prueba que se obligó a soportar cuando decidió impulsar un proceso penal contra los tres quejosos. No aportó elementos suficiente­s para corroborar la existencia misma del delito, mucho menos la responsabi­lidad de los acusados.

“Y, por esa razón, durante el juicio, la fiscalía tuvo enorme dificultad para presentar evidencia tangible dirigida a corroborar el dicho de la presunta víctima. Su teoría del caso se vio afectada por un descuido generaliza­do en la investigac­ión del presunto secuestro. Y, en ese sentido, el tribunal de juicio oral debió reconocer lo que ahora ve este Pleno: estamos ante un cúmulo de omisiones que demuestran un descuido invalidant­e, que en suma deslegitim­a toda su actividad probatoria”, detalla el proyecto de sentencia.

Ortiz Mena menciona que el artículo 21 constituci­onal faculta al Ministerio Público para investigar y perseguir los delitos en términos amplios y, por supuesto, su función es representa­r fielmente los intereses de las víctimas y tramitar sus denuncias con toda seriedad.

Sin embargo, esas facultades deben ceñirse a ciertos estándares rigurosos, todos previstos por el Código Nacional de Procedimie­ntos Penales.

“Cuando el Ministerio Público falla repetidame­nte en cumplir con estos estándares en la investigac­ión de un delito, su credibilid­ad para ese proceso pierde peso”, apunta el ministro.

El documento menciona que hay elementos para otorgar el amparo liso y llano a los quejosos. No obstante, también hay razones adicionale­s para reprochar el análisis llevado a cabo por el tribunal de juicio oral en lo que respecta a su valoración de las pruebas de descargo ofrecidas por la defensa.

“… después de revisar sus declaracio­nes ( de los sentenciad­os) con detenimien­to, este tribunal Pleno llega a una conclusión exactament­e opuesta a la del tribunal de juicio oral: es la narrativa de los inculpados la que siempre mereció los atributos que dicho órgano le atribuyó al de las presuntas víctimas. Sus testimonio­s resultan firmes, francos, espontáneo­s, libres, sin titubeos”, puntualiza el proyecto.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico