ABP: Pocos saben de estímulo por contratar a gente con discapacidad
Existen al menos tres beneficios fiscales para las compañías que integran a personas con discapacidad en su plantilla laboral, dijeron
Acudir a una empresa para recomendar la inclusión de un trabajador con alguna discapacidad puede implicar una respuesta negativa basada en el supuesto de que adaptar un edificio para hacerlo accesible puede ser costoso, por lo que surge una pregunta, ¿qué pasaría si estas adecuaciones fueran gratis?
Blanca Peña, directora de la Asociación de Beneficencia Privada (ABP) Puertas Abiertas, explica que existen tres estímulos fiscales a los que un empleador puede acceder si incluye en su plantilla laboral a una persona laboral, siendo uno de ellos, irónicamente, la deducción del 100 por ciento del costo de las adecuaciones de accesibilidad de un edificio.
De entrada, cuando una empresa busca incluir laboralmente a una persona con discapacidad, la primera opción que tiene para aprovechar estímulos fiscales es escoger entre dos opciones.
El empleador puede elegir deducir el ingreso por un monto equivalente al 100 por ciento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) retenido y correspondiente a las personas con discapacidad contratadas, o los ingresos acumulables por un monto del 25 por ciento del salario efectivamente pagado a la personas con discapacidad.
Peña explica que no basta con que la persona tenga una discapacidad, sino que se tiene que comprobar legalmente. “El requisito principal es que ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) esté registrado como personas con discapacidad, ese es uno de los requisitos para que una empresa pueda tener acceso a estos bene- ficios fiscales”, comentó.
El segundo beneficio, como ya mencionamos, es la deduc- ción del 100 por ciento del costo de cualquier construcción que suponga adecuaciones para la accesibilidad de una persona con discapacidad.
Eugenio Orozco, coordinador de Bolsa de Trabajo en Puertas Abiertas, explicó que cualquier adecuación que se haga en beneficio de alguno de los trabajadores con discapacidad comprobados está sujeta a este estímulo, siempre y cuando sea pedida en el mismo ejercicio fiscal que fue construida. “No es nada más una cuestión de accesibilidad, sino que se tiene que hacer de acuerdo con los requerimientos de un trabajador o unos trabajadores en específico, para argumentar esto, yo tengo que tener un trabajador con base en quien yo esté haciendo las adecuaciones”, dijo.
Por último, explica Blanca Peña, el tercer beneficio fiscal que tienen las empresas en esta situación es aplicable en los procedimientos de licitación de obra pública y la adquisición de bienes, arrendamientos y servicios, que utilicen evaluación de puntos y porcentajes.
En este sentido, detalla, se otorgan puntos adicionales a los empleadores que comprueben que al menos cinco por ciento de su personal son trabajadores con alguna discapacidad, contratados con seis o más meses de antigüedad.
La directora explica que en el caso de Puertas Abiertas, resulta una mentira que las empresas busquen la inclusión laboral de personas con discapacidad solo por los beneficios fiscales, y asegura que menos del 3 por ciento de las empresas que buscan sus servicios estaba pensando siquiera en el tema. “Creo que más bien existe un desconocimiento, por lo que esto podría convertirse en un argumento a favor de incluir a personas con discapacidad”, recalca Peña.
Se tiene que hacer de acuerdo a los requerimientos de los trabajadores” Eugenio Orozco PUERTAS ABIERTAS