SAT y empresas se resisten a transparentar condonaciones
Entre 2007 y 2016 las arcas públicas dejaron de percibir 822 mil millones de pesos
[ Al menos 15 juzgados federales han conocido del caso; el octavo, el primero, el segundo y el decimosegundo en materia administrativa en CdMx son los que más juicios de amparo concentran. [ [ En dos casos ya se solicitó la intervención de la Corte; uno es el presentado ante el noveno tribunal colegiado en materia administrativa y otro, ante el decimoprimero. 527/2017 y 422/2017, radicados en los tribunales colegiados noveno y décimo primero, el asunto se encuentra en suspenso, pues se solicitó a la SCJN que ejerza su facultad de atracción para que analice la constitucionalidad de las resoluciones del INAI. Las resoluciones dictadas por el INAI el 27 de octubre del 2017 y el 9 de agosto de 2016 ordenan al SAT responder a dos solicitudes de información formuladas por ciudadanos.
En la primera, el SAT debe dar a conocer los montos de los créditos fiscales cancelados y/o condonados, así como los nombres, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyentes de las personas físicas y morales a las que se otorgó el beneficio entre el 1 de enero de 2007 al 4 de mayo del 2015 y entre el 5 de mayo y el 30 de julio de 2015.
En la segunda, el INAI ordenó entregar, además del nombre y razón social de los beneficiados, la información relacionada con el motivo por el que se les benefició con las condonaciones y cancelaciones de créditos fiscales desde enero de 2007 al 31 de diciembre de 2013; el monto de tales créditos desde enero de 2007 al 4 de mayo de 2015 y el motivo de cada cancelación o condonación del 1 de enero de 2014 al 15 de mayo de 2016.
Para emitir dichas resoluciones, el INAI evaluó la importancia de la información que se estaba solicitando, para lo cual se aplicó una prueba de interés público.
Así, “se determinó que transparentar la manera en que el sujeto obligado ejerce sus atribuciones en relación con la condonación o cancelación de créditos fiscales, reviste un interés mayor de dar a conocer cómo se otorgaron a los beneficiarios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir y que como tal afecta a la ciudadanía en general, tanto por la merma en los ingresos al presupuesto como a las contribuyentes a quienes no se les otorgó dicho beneficio”, explicó, en su momento, Óscar Guerra Ford, comisionado del INAI.