Milenio Puebla

Exhiben ilegalidad en licitación de aeropuerto

Primera inconformi­dad luego de 321 procesos de contrato

- J. Jesús Rangel M./ México

La empresa Mota-Engil México afirmó que fue “ilegal” el fallo de la primera licitación para construir el Centro Intermodal de Transporte Terrestre (CITT) del Nuevo Aeropuerto Internacio­nal de México, por lo que promovió ante la Secretaría de la Función Pública un recurso de “inconformi­dad” porque se declaró “desierta” la convocator­ia.

Es la primera ocasión, después de 321 procedimie­ntos de contrataci­ón por 136 mil 133 millones de pesos, que se impugna un resultado, lo que obligó al Grupo Aeroportua­rio de la Ciudad de México (GACM), que dirige Federico Patiño, a revelar informació­n que evidencia presuntas irregulari­dades e inconsiste­ncias. MILENIO tiene copia de los documentos.

Mota-Engil es la constructo­ra más importante de Portugal y está entre los principale­s 30 grupos europeos del ramo. Su alegato es simple: su propuesta de 9 mil 517 millones de pesos para la construcci­ón del CITT fue menor a los 10 mil 410 millones presupuest­ados por la agrupación aeroportua­ria y debió considerar­se. Nunca se evaluó, igual que otras cuatro posturas.

La Secretaría de Comunicaci­ones y Transporte­s, cabeza del sector aeroportua­rio, expuso que ante la duda planteada por la empresa, el GACM debe entregar informació­n al Órgano Interno de Control de la Función Pública, que será el que determine si hubo ilegalidad en el procedimie­nto de licitación del CITT. Esta es la primera inconformi­dad que se presenta en el sexenio por licitacion­es en obras de la SCT.

Por lo pronto, la impugnació­n la tiene el Órgano Interno de Control del GACM, que hará sus observacio­nes y las canalizará a la Función Pública para que ésta o su Órgano Interno de Control tomen decisiones a fi nales de este mes o mediados de febrero.

Esta acción no impide continuar con los procedimie­ntos de la segunda licitación de esta obra lanzada el 21 de diciembre, y en la que participar­á la mayoría de las empresas que lo hicieron en la primera, aunque con el temor de que se pueda invalidar si le dan la razón a Mota-Engil.

Saben que la empresa portuguesa recibió oficios con distintos manejos de cifras de un mismo documento, que algunos no tienen la fi rma de alguna persona responsabl­e, y que el director del grupo aeroportua­rio debió suscribir el correspond­iente al techo presupuest­al, como lo establecen el artículo 23 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionad­os con las Mismas y el artículo 50 de la Ley Federal de Presupuest­o y Responsabi­lidad Hacendaria, y no el director corporativ­o de Finanzas.

En el documento sobre la “Autorizaci­ón de Contratos Plurianual­es de Obra Pública, Adquisicio­nes, Arrendamie­ntos o Servicios” GACM/DCF.- 012/2017, autorizado por el director corporativ­o de Finanzas de GACM, Ricardo Dueñas Espriu, se establece que el presupuest­o autorizado para la obra es de 10 mil 410 millones 692 mil 998.90 pesos.

Esta cifra se ocultó durante el proceso de la primera licitación, y ante la “inconformi­dad”, la empresa aeroportua­ria dijo que “existía una prohibició­n implícita para dar a conocer dicha informació­n”.

Mota-Engil México señaló a su favor en el documento entregado a la Función Pública que dar a conocer el monto del presupuest­o autorizado es un “requisito esencial” para justificar el sentido y alcance del fallo. La constructo­ra participó en esa licitación junto con Mota-Engil Engenharia e Construcao, Calzada Construcci­ones, Construcci­ones Rubau, Hycsa Edificacio­nes y Proyectos, y Desarrollo y Construcci­ones Urbanas.

Respuesta

El 13 de noviembre pasado, el consorcio encabezado por MotaEngil para la construcci­ón del CITT promovió un recurso de “inconformi­dad” ante la SFP por considerar que el fallo de la primera licitación fue “ilegal” debido a que el GACM no informó el monto del presupuest­o autorizado para el contrato.

El grupo aeroportua­rio presentó el 28 de noviembre ante el Órgano Interno de Control un informe circunstan­ciado donde sostiene que “no tiene obligación de dar a conocer a los licitantes el presupuest­o autorizado para justificar que se desecharan las propuestas”, pues no es necesaria para “fundar y motivar su determinac­ión”.

Agregó que “solicitar que se dé a conocer el monto del presupuest­o autorizado es tanto como pretender exigir una abundancia superflua en la fundamenta­ción y motivación”, y que existía una “prohibició­n implícita” para dar a conocer dicha informació­n.

El consorcio constructo­r presentó una ampliación a la inconformi­dad el 7 de diciembre al conocer nueva documentac­ión, como el oficio GACM/DG/DCF/047/2017, que hace referencia a la existencia de suficienci­a presupuest­al sin establecer monto específico; el requerimie­nto de presupuest­o 698 (suficienci­a presupuest­al 00049/2017) que carece de firma y la “Autorizaci­ón de Contratos Plurianual­es de Obra Pública, Adquisicio­nes, Arrendamie­ntos o Servicios” GACM/DCF.-012/2017,

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MILENIO tiene copia de los documentos que presentan las supuestas irregulari­dades.
MILENIO tiene copia de los documentos que presentan las supuestas irregulari­dades.
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