TEPJF niega protección a Socorro Quezada; devuelve caso a Puebla
Los magistrados de la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación acordaron, por unanimidad, ordenar al Tribunal Electoral del estado de Puebla que en un máximo de cinco días resuelva la impugnación legal que interpuso Socorro Quezada Tiempo, en contra de su destitución como dirigente estatal del Partido de la Revolución Democrática pero no se pronunciaron respecto a la supuesta violación a sus derechos de partido que ella alega.
La también diputada había recurrido ante los juzgado electorales federales con la finalidad de que se protegieran sus derechos partidistas, según anunció ella No se pronunciaron respecto a la supuesta violación a sus derechos de partido misma en fechas recientes, pero a ese respecto la Sala Regional no se pronunció y sólo resolvió considerar “parcialmente fundada” su queja, pues considera que el Tribunal estatal aún se encuentra en tiempo para resolver la impugnación pues los documentos necesarios para hacerlo les fueron enviados a los magistrados locales en fechas recientes. “Tener por parcialmente acreditada la omisión reclamada y ordenar al Tribunal Electoral del Estado de Puebla que emita la resolución que corresponda en el Recurso de Apelación, en los términos señalados en el apartado de efectos de esta sentencia”, señala el único punto del resolutivo de la autoridad electoral.