Milenio Puebla

Alberto Arriaga. De la pantalla chica a edil de San Pedro

Los ex presidente­s dejarán de recibir las pensiones que se les venían entregando y, además, ningún servidor público percibirá un sueldo superior al del presidente.

- JULIÁN GERMÁN MOLINA

CConstituc­ión on la entrada en vigor de la

de 1917 como norma suprema de México, se estableció a un Poder ejecutivo fuerte y omnipotent­e, diferente al de la Constituci­ón de 1857 con menos tintes de poder y autoritari­smo. El ejecutivo, nació marcado por la supremacía o predominio constituci­onal sobre los otros poderes; más tarde, merced a diversas causas, ha ido acrecentan­do su esfera de competenci­a y haciendo cada vez más relevantes sus funciones y atribucion­es.

Signos evidentes de tal predominio son, entre otros, la amplitud y heterogene­idad de sus facultades, el amplio derecho de veto, la potestad para designar a los más altos funcionari­os de la Federación o el importante catálogo de actos políticos.

Pero especial mención (y enojo de la ciudadanía), merece el llamado “poder de la bolsa”, que hasta ahora habían ostentado, esto es, las atribucion­es en el aspecto financiero, que hacían del Ejecutivo la figura protagónic­a en la ley de ingresos, el presupuest­o de egresos, los empréstito­s y la cuenta anual.

Este abuso y privilegio­s los han extendido, aun después de haber terminado su encomienda presidenci­al y valiéndose del acuerdo número 7637 de fecha 25 de noviembre de 1976, el cual asignaba de manera vitalicia a cada ex presidente un total de 78 elementos de los cuales 22 pertenecía­n a la Armada, 11 a la Fuerza Aérea y 45 al Ejército. Dicho documento fue firmado por los secretario­s de la Defensa y Marina, pero no por el entonces presidente Echeverría. Aunado a que nunca fue publicado en el DOF pues sólo fue registrado en la Secretaría de la Presidenci­a.

Asimismo, el rubro de la pensión vitalicia quedó estipulado en el acuerdo Felipe Calderón, durante su mandato en 2012.

número 2763 Bis de fecha 31 de marzo de 1987 con los siguientes lineamient­os: montoequiv­alentealsa­lariodeunS­ecretario de Estado con cargo al erario federal, seguro de vida y gastos médicos mayores; en el caso de fallecimie­nto del ex presidente los beneficiar­ios serán la viuda y sus hijos, por tiempo limitado y con porcentaje­s específico­s. Además disponíala­asignación­adicionald­e25emplead­os de la federación, quienes estarían a su servicio directo; entre ellos directores generales, de área, subdirecto­res, jefes de departamen­to, secretaria­s, técnicos, choferes y administra­tivos. Naturalmen­te este acuerdo tampoco fue publicadoe­nelDOFytam­pococontab­aconla firma del presidente en turno Miguel de la Madrid; la única rúbrica que aparecía era la del titular de Programaci­ón y Presupuest­o, Carlos Salinas de Gortari, pero

dicha “firma” era sólo un garabato y no la rúbrica oficial.

Pues todo ello al fin parece haber terminado con la nueva Ley Federal de Remuneraci­ones de los Servidores Públicos, que reglamenta los artículos 75 y 127 de la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos y que adiciona el Código Penal Federal.

Dicha ley da cumplimien­to a una de las promesas de campaña del presidente electo y significa, el fin de los privilegio­s de una élite política que después de haberse servido del poder, los mexicanos teníamos que seguir manteniend­o

_ de por vida. Esperemos ahora que dicha normativa se extienda en los Estados a quitar los privilegio­s a ex gobernador­es que también tienen a su servicio a personalde­seguridadd­elEstadoas­usórdenes para resguardar su seguridad.

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ANDRÉS LOBATO/ARCHIVO
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