Corte ordena a tribunales aplazar fallos por reforma
Ley de remuneraciones. Ejerce su facultad de atracción para conocer los impedimentos de jueces que se excusaron de estudiar amparos promovidos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales colegiados del país aplazar las resoluciones en torno a los impedimentos que promovieron jueces, quienes se excusaron de continuar con el estudio de los amparos contra la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos que establece que nadie puede ganar más que el Presidente de la República.
Los jueces federales que se declararon impedidos concedieron suspensiones a otros juzgadores que se oponen a la reducción de sus sueldos; sin embargo, como ellos mismos se verán afectados, han pedido excusarse porque también pretenden ampararse.
Por el momento, todos los juicios de amparo seguirán su cauce y, en su caso, se resolverán.
Los únicos que no se resolverán (por el aplazamiento) serán los impedimentos que están tramitando tribunales colegiados.
La Suprema Corte emitió un acuerdo donde deja claro que ejerció su facultad de atracción para conocer de dichos impedimentos y por tanto, los tribunales colegiados deben evitar pronunciarse sobre el tema, hasta que el pleno emita una resolución.
Tanto jueces y magistrados han pedido a la Corte que trace el camino que debe seguirse en este caso, para emprender su defensa legal.
Los expedientes fueron turnados al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien deberá presentar proyectos de sentencia que serán discutidos por el pleno.
Los magistrados y jueces también pidieron que se apliquen medidas cautelares para no verse afectados con alguna reducción salarial, ya que aún no se define cuánto es lo que se les pretende disminuir de sueldo.
De acuerdo con funcionarios judiciales, hay antecedentes donde la Corte ha anulado leyes por considerar que se viola la autonomía judicial.
La Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos entró en vigor el pasado 6 de noviembre.
Conflicto de interés
En noviembre pasado, el juez que concedió la suspensión provisional a la magistrada Sonia Rojas Castro para que no disminuya su salario y no sea menor al del Presidente de la República se declaró impedido para seguir conociendo el asunto, porque planteó que dichas reformas también pueden impactar en él, por lo que se generaría un conflicto de interés.
En su acuerdo señaló que él es potencialmente otro quejoso que puede interponer un amparo contra la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
En el expediente 747/2018 que se inició por la demanda de garantías que interpuso la magistrada del Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Segundo Circuito, el juez Ramón Lozano Bernal planteó dicho impedimento a un tribunal colegiado en materia administrativa.
El titular del juzgado décimo de distrito con residencia en el estado de Sinaloa mencionó: “… estimo que mi imparcialidad estaría afectada al resolver el asunto, al tratarse de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
“Este juzgador considera que se encuentra en la hipótesis establecida en la referida fracción VIII del artículo 51 de la ley de la materia, puesto que constituye un elemento real y actual el hecho de que tales disposiciones combatidas se encuentran dirigidas a todo servidor público, como en la especie el que suscribe al ser destinatario de dichas normas, cuyo contenido es de mi interés particular, por lo que pudiera derivarse el riesgo de pérdida de imparcialidad al resolver el asunto, ya que este juzgador se considera un quejoso potencial de la legislación reclamada…”.
Lo anterior, expresó, lo imposibilita para continuar con el asunto, dado que, por sus características, se vería limitado subjetivamente para analizar el acto reclamado.