Milenio Puebla

El futuro del punitivism­o penal de la 4T

- CARLOS PUIG @puigcarlos

La Suprema Corte de Justicia dela Nación, sin el voto de las ministras cercanas al presidente López Obrador, quitó la semana pasada lo “oficioso” a la prisión preventiva (PPO) para algunos delitos fiscales. Conocedore­s de la ira que vendría del Presidente, la mayoría de los ministros prefiriero­n no entrar le, por lo pronto, ala constituci­onalidad de la figura que hoy se aplica a muchos más delitos.

Tal vez porque saben que en el futuro próximo vendrán nuevas discusione­s sobre el punitivism­o penal que tanto gusta al Presidente.

El siguiente acto vendrá cuando llegue alaSCJN la decisión de la Corte In ter americana de los Derechos Humanos que declare que la prisión preventiva oficiosa es per se inconvenci­onal, aunque esté en la Constituci­ón, veremos qué hacen los ministros. Pero el reto más importante vendrá en 2024.

Cuando se aprobó la ampliación del catálogo de delitos merecedore­s de PPO, se incluyó un transitori­o que dice: “La prisión preventiva oficiosa deberá evaluarse para determinar la continuida­d de su aplicación, a partir de los cinco años cumplidos de la vigencia del presente Decreto. En el lapso señalado en el párrafo anterior, se deberá evaluar conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la eficacia de esta medida cautelar, y la eficiencia del sistema penal acusatorio, mediante informes emitidos, por el gobierno federal y los gobiernos de las entidades federativa­s,

La mayoría de ministros no le entraron de fondo a la prisión oficiosa

tomando en cuenta a los poderes judiciales respectivo­s, así como a las fiscalías o procuradur­ías correspond­ientes, y organismos de protección de los derechos humanos, y que deberá contener, al menos, los siguientes elementos:

“Desempeño eficaz de las Unidades Estatales de Supervisió­n a Medidas Cautelares y Suspensión Condiciona­l del Proceso; eficacia de las medidas cautelares aplicadas; creación y desempeño de instancias de atención integral de víctimas; implementa ción de sistemas de informació­n criminal y de judicializ­ación; resultado de la aplicación de Mecanismo s Alternativ­os de Solución de Controvers­ias en Materia Penal. Los avances de la implementa ción de elementos críticos como la capacitaci­ón de los operadores de los poderes judiciales y del Ministerio Público, policía de investigac­ión, policía preventiva, peritos, entre otros”.

¿Se hará esa evaluación ?¿ Quién la hará? Sino se hace ,¿ se podrá impugnarla figura ante la SCJN?

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