El futuro del punitivismo penal de la 4T
La Suprema Corte de Justicia dela Nación, sin el voto de las ministras cercanas al presidente López Obrador, quitó la semana pasada lo “oficioso” a la prisión preventiva (PPO) para algunos delitos fiscales. Conocedores de la ira que vendría del Presidente, la mayoría de los ministros prefirieron no entrar le, por lo pronto, ala constitucionalidad de la figura que hoy se aplica a muchos más delitos.
Tal vez porque saben que en el futuro próximo vendrán nuevas discusiones sobre el punitivismo penal que tanto gusta al Presidente.
El siguiente acto vendrá cuando llegue alaSCJN la decisión de la Corte In ter americana de los Derechos Humanos que declare que la prisión preventiva oficiosa es per se inconvencional, aunque esté en la Constitución, veremos qué hacen los ministros. Pero el reto más importante vendrá en 2024.
Cuando se aprobó la ampliación del catálogo de delitos merecedores de PPO, se incluyó un transitorio que dice: “La prisión preventiva oficiosa deberá evaluarse para determinar la continuidad de su aplicación, a partir de los cinco años cumplidos de la vigencia del presente Decreto. En el lapso señalado en el párrafo anterior, se deberá evaluar conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la eficacia de esta medida cautelar, y la eficiencia del sistema penal acusatorio, mediante informes emitidos, por el gobierno federal y los gobiernos de las entidades federativas,
La mayoría de ministros no le entraron de fondo a la prisión oficiosa
tomando en cuenta a los poderes judiciales respectivos, así como a las fiscalías o procuradurías correspondientes, y organismos de protección de los derechos humanos, y que deberá contener, al menos, los siguientes elementos:
“Desempeño eficaz de las Unidades Estatales de Supervisión a Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso; eficacia de las medidas cautelares aplicadas; creación y desempeño de instancias de atención integral de víctimas; implementa ción de sistemas de información criminal y de judicialización; resultado de la aplicación de Mecanismo s Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal. Los avances de la implementa ción de elementos críticos como la capacitación de los operadores de los poderes judiciales y del Ministerio Público, policía de investigación, policía preventiva, peritos, entre otros”.
¿Se hará esa evaluación ?¿ Quién la hará? Sino se hace ,¿ se podrá impugnarla figura ante la SCJN?